A- de 2022
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante Ayala Ramiro·Demandado Municipio De Cali
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Controversias sobre el cumplimiento de convención colectiva de trabajo de trabajador oficial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Segundo Administrativo de Cali y el Juzgado Once Laboral del Circuito de la misma ciudad.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en una demanda ordinaria laboral interpuesta por un ciudadano en contra del Municipio de Santiago de Cali con el fin de obtener el reajuste de la pensión de jubilación que le fue reconocida en el año 2001, tras más de 23 años de servicio a dicho municipio cumpliendo funciones de vigilante e indicando que laboró en calidad de trabajador oficial.
En específico, el demandante solicitó que se le aplicaran las Convenciones Colectivas de Trabajo suscritas desde 1987 al 2008 en el cálculo de su pensión.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte reiteró la regla de decisión fijada en el Auto 872 de 2021, según la cual “La jurisdicción ordinaria, en su especialidad laboral, es la competente para conocer un proceso laboral promovido por un trabajador oficial, hecho último que se constata no solo con la naturaleza del vínculo laboral y las funciones que desempeña, sino también, con el hecho de buscar la aplicación de un derecho derivado de una convención colectiva de trabajo”.
Con base en lo anterior se ordenó el envío del expediente al Juzgado Once Laboral del Circuito de Cali para lo de su competencia y para que comunique la decisión a los interesados en este trámite y al otro operador jurídico involucrado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
- Segundo. Administrativo de Cali y el Juzgado Once Laboral del Circuito de Cali, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado Once Laboral del Circuito de Cali conocer el proceso iniciado por Ramiro Ayala contra el Municipio de Santiago de Cali.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-1150 al Juzgado Once Laboral del Circuito de Cali para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado
- Segundo. Administrativo de Cali, así como a los sujetos procesales interesados en este trámite.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.