A- de 2025
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante Procuraduria Delegada Con Funciones Mixtas Para El Seguimiento Al Cumplimiento De Sentencias De Tutela De La Corte Constitucional·Demandado --
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Se remite escrito al juez de primera instancia para que adelante el trámite de cumplimiento o desacato, de considerarlo procedente
- Competencia del juez de primera instancia
- Competencia excepcional de la Corte Constitucional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de cumplimiento de la Sentencia SU.419/24.
La Defensoría del Pueblo y la Procuraduría delegada para el seguimiento al cumplimiento de sentencias de tutela proferidas por la Corte Constitucional le pidieron a la Corporación evaluar la posibilidad de asumir el seguimiento de la orden sexta de la providencia de la referencia.
Analizado el asunto concluyó la Sala que no se reúnen las condiciones para acceder a lo pretendido, toda vez que la autoridad de primera instancia no ha ejercido sus competencias dentro del proceso de cumplimiento del fallo.
Con base en lo anterior se RECHAZÓ lo pedido y se ordenó remitir los escritos al Juzgado Tercero Civil del Circuito de Valledupar para que adelante sin dilaciones las actuaciones correspondientes.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. RECHAZAR, de conformidad con las razones expuestas en esta providencia, la solicitud de la Procuraduría delegada con funciones mixtas para el seguimiento al cumplimiento de sentencias de tutela de la Corte Constitucional y de la Defensoría del Pueblo presentada el 18 de febrero de 2025 y tendiente a que esta Corporación asuma la verificación del cumplimiento de la orden sexta de la parte resolutiva de la sentencia SU-419 de 2024.
- Segundo. ORDENAR que, por Secretaría General de esta Corporación, se comunique esta decisión a la Procuraduría delegada con funciones mixtas para el seguimiento al cumplimiento de sentencias de tutela de la Corte Constitucional y a la Defensoría del Pueblo y se REMITA la solicitud de esas entidades del 18 de febrero de 2025 al Juzgado
- Tercero. Civil del Circuito de Valledupar para que adelante sin dilaciones las actuaciones correspondientes.
- Tercero. ORDENAR que, por Secretaría General de esta Corporación, se REMITA al Juzgado
- Tercero. Civil del Circuito de Valledupar la solicitud con fecha del 26 de febrero de 2025, formulada por los accionantes, en el marco del cumplimiento de la sentencia SU-419 de 2024 para que le dé el trámite que corresponda.
- Notifíquese, comuníquese y cúmplase,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.