Micelio
Auto24 de junio de 2026

A-793 de 2026

Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Sin información

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Armenia, Sala Civil-Familia-Laboral y el Juzgado 006 Administrativo de Armenia y DECLARAR que el Juzgado 006 Administrativo de Armenia es el competente para conocer la demanda adelantada por la se�ora Isabel Cristina Polan�a Reyes contra Empresas P�blicas de Armenia ESP.
  2. Segundo. Por intermedio de la Secretar�a General, REMITIR el expediente CJU-7660 al Juzgado 006 Administrativo de Armenia para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisi�n al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Armenia, Sala Civil-Familia-Laboral, y a los interesados. Notif�quese, comun�quese y c�mplase. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Presidenta NATALIA �NGEL CABO Magistrada CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado JORGE ENRIQUE IB��EZ NAJAR Magistrado MIGUEL POLO ROSERO Magistrado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] Expediente digital CJU-7660, archivo �001DemandayAnexosPri.pdf�, p�ginas 1 a 5. [2] Ibidem. [3] Ibidem., p�ginas 25 a 26. [4] Ibidem., p�ginas 27 a 88. [5] Ibidem., p�gina 109. [6] Ibidem., p�ginas 323 a 327 [7] Expediente digital CJU-7660, archivo �03CJU-7660 Constancia de Repartopdf�. [8] � Art�culo 241. A la Corte Constitucional se le conf�a la guarda de la integridad y supremac�a de la Constituci�n, en los estrictos y precisos t�rminos de este art�culo. Con tal fin, cumplir� las siguientes funciones: [�]. 11. Dirimir los conflictos de competencia que ocurran entre las distintas jurisdicciones�. [9] Auto 155 de 2019. [10] Este elemento exige que la controversia sea suscitada por, al menos, dos autoridades que administren justicia, pertenezcan a diferentes jurisdicciones y reclamen o rechacen su jurisdicci�n sobre el asunto. [11] Seg�n este elemento debe existir una causa judicial sobre la cual se suscite la controversia, es decir, que pueda verificarse que est� en desarrollo un proceso, un incidente o cualquier otro tr�mite de naturaleza jurisdiccional. [12] A partir de este elemento es necesario que las autoridades en colisi�n hayan manifestado, a trav�s de un pronunciamiento expreso, las razones de �ndole constitucional o legal por las cuales se consideran competentes o no para conocer de la causa. [13] En este apartado se reiteran las consideraciones previstas en el Auto 333 de 2026. [14] Tomado del Auto 333 de 2026. [15] Seg�n los estatutos sociales publicados en la p�gina Web de Empresas P�blicas de Armenia ESP, actualmente esa entidad mantiene la forma de una empresa industrial y comercial del Estado. [16] Expediente digital CJU-7660, archivo �001DemandayAnexosPri.pdf�, p�ginas 157 y 158. [17] En efecto, la transformaci�n de la EPA en empresa industrial y comercial del Estado se dio con la expedici�n del Acuerdo N.� 011 de 1996 del Concejo Municipal de Armenia. Al respecto, se puede consultar: https://www.epa.gov.co/institucional/historia [18] Ib�dem., p�ginas 234 a 241. [19] Corte Constitucional. Auto 349 de 2024.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.