Micelio
Auto9 de junio de 2022

A- de 2022

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Salamanca Gonzalez Hermes Alexander·Demandado Subred Integrada De Servicios De Salud Sur Ese

Tema · dato duro
Solicitud De Declaratoria De Existencia De Relación Laboral Encubierta A Través De La Celebración Sucesiva De Contratos De Prestación De Servicios.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Relaciones laborales encubiertas en contratos estatales de prestación de servicios
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto negativo de jurisdicción suscitado entre el Juzgado 23 Administrativo de Bogotá, Sección Segunda y el Juzgado 23 Laboral del Circuito de la misma ciudad.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho que promovió un ciudadano en contra de la Subred Integrada de Servicios de Salud E.S.E., con el propósito de declarar la nulidad de un acto administrativo, por medio del cual la entidad demandada negó el pago de las acreencias laborales que se de derivarían del vínculo laboral.

Igualmente, reclamó la existencia de un contrato realidad entre estos.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte advierte que, de acuerdo con la regla fijada en el Auto 492 de 2021, el asunto debe tramitarse por el Juzgado 23 Administrativo de Bogotá, Sección Segunda.

La Corte concluye que según lo establecido en el artículo 104 del CPACA, la jurisdicción contencioso administrativa es la competente para conocer y decidir de fondo un proceso promovido para determinar la existencia de una relación laboral, presuntamente encubierta a través de la sucesiva suscripción de contratos de prestación de servicios con el Estado.

En consecuencia, remitió el expediente al Juzgado 23 Administrativo de Bogotá, Sección Segunda, para lo de su competencia y para que comunique esta providencia al otro operador jurídico involucrado y a los interesados dentro del trámite judicial correspondiente.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 23 Administrativo de Bogotá, Sección Segunda y el Juzgado 23 Laboral del Circuito de Bogotá, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 23 Administrativo de Bogotá, Sección Segunda es la autoridad competente para conocer del proceso promovido por Hermer Alexander Salamanca González contra Subred Integrada de Servicios de Salud ESE.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-1211 al Juzgado 23 Administrativo de Bogotá, Sección Segunda, para lo de su competencia y para que comunique esta providencia al Juzgado 23 Laboral del Circuito de la misma ciudad y a los interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.