Micelio
Auto2 de mayo de 2024

A- de 2024

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Angelica Maria Ramirez Marroquin Y Otros·Demandado Comision Nacional Del Servicio Civil Y Otros

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia Aparente
  • Equivocada interpretación e inobservancia de reglas de reparto y trámite de la acción de tutela
  • Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Séptimo Penal del Circuito Judicial de Pereira y el Juzgado Cuarenta y Ocho Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá.

Encontró la Corte que en este caso sólo se presentó un conflicto aparente, en la medida en que el primer despacho remitió la acción de tutela al segundo, con base en las reglas de reparto establecidas en el Decreto 1834 de 2015.

Ello, a pesar de que no se circunscribió a la misma causa y objeto, en tanto partió de situaciones fácticas diversas.

Se dirime la controversia con la remisión del expediente al Juzgado Séptimo Penal del Circuito Judicial de Pereira para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a la que haya lugar.

Se hizo una advertencia a esta autoridad para que, en lo sucesivo, se abstenga de desprenderse del conocimiento de una acción de tutela con base en las reglas de reparto de tutela masiva, sin realizar una verificación detallada de los presupuestos establecidos para dar aplicación a dicha figura y, por lo tanto, motivar suficientemente su decisión.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS los Autos del 19 de febrero de 2024 y del 4 de marzo de la misma anualidad, proferidos por el Juzgado
  2. Séptimo. Penal del Circuito Judicial de Pereira, dentro del proceso de tutela promovido por Angelica María Ramírez Marroquín contra la Comisión Nacional del Servicio Civil, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y la Fundación Universitaria del Área Andina.
  3. SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-4627 al Juzgado
  4. Séptimo. Penal del Circuito Judicial de Pereira para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a la que haya lugar.
  5. TERCERO. ADVERTIR al Juzgado
  6. Séptimo. Penal del Circuito Judicial de Pereira que, en lo sucesivo, se abstenga de desprenderse del conocimiento de una acción de tutela con base en las reglas de reparto de tutela masiva, sin realizar una verificación detallada de los presupuestos establecidos para dar aplicación a dicha figura y, por lo tanto, motivar suficientemente su decisión.
  7. CUARTO. Por intermedio de la Secretaría General de la corporación, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a la accionante y al Juzgado Cuarenta y Ocho Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.