A- de 2025
Ponente Carolina Ramírez Pérez
✓Demandante Instituto De Desarrollo De Arauca·Demandado Cuadro Jaimes Ana Lucia
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Incumplimiento del presupuesto objetivo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca -antes Juzgado 002 Promiscuo Municipal de Arauca- y el Juzgado 004 Administrativo de la misma ciudad, suscitado por una demanda ejecutiva singular de menor cuantía, instaurada por el Instituto de Desarrollo de Arauca, IDEAR, en contra de una ciudadana, con el fin de solicitar que se libre mandamiento ejecutivo de pago por concepto de las obligaciones contenidas en un pagaré suscrito entre las partes con ocasión del contrato de crédito de vivienda otorgado por el demandante.
Al analizar los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena advierte que en este caso no se configuró un conflicto de dicha naturaleza, por cuanto no se satisfizo el presupuesto objetivo.
Ello, porque en la jurisdicción ordinaria, en su especialidad civil, representado por el Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca, se adelantaron actuaciones como: haber librado mandamiento de pago en contra de la demandada y condenarla en costas y agencias en derecho, impartir aprobación a la liquidación y reliquidación de crédito presentada por el IDEAR, sin que fuera objetada, con lo que se observa que el proceso ejecutivo culminó su objeto y, por lo tanto, las causas que lo originaron y la pretensión que perseguía no subsisten.
La Sala se declara inhibida para decidir el presente asunto y ordena remitir el expediente al Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca par lo de su competencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. Declararse INHIBIDA para resolver el aparente conflicto de competencia entre jurisdicciones remitido por el Juzgado 004 Administrativo de Arauca.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-6460 al Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca -antes el Juzgado 002 Promiscuo Municipal de Arauca- para lo de su competencia y para que comunique esta decisión a los interesados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.