A- de 2024
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante Corredor Herrera Luis Carlos·Demandado Municipio De Cota
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Relaciones laborales encubiertas en contratos estatales de prestación de servicios
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Laboral del Circuito de Funza y el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección 2, Subsección F.
Se causa la controversia por la presentación de una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho por parte de un ciudadano, en contra del municipio de Cota – Alcaldía Municipal de Cota, Cundinamarca, con el fin de que se declare la nulidad del acto administrativo que negó la existencia de una relación laboral entre la entidad y el demandante, además de solicitar que se condene a esta entidad al restablecimiento de los derechos que fueron desconocidos en ese acto administrativo.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena, resuelve en reiteración de la regla de decisión del Auto 492 de 2021 que, la jurisdicción de lo contencioso administrativo, de conformidad con el artículo 104 del CPACA, es la competente para conocer y decidir de fondo un proceso promovido para determinar la existencia de una relación laboral que presuntamente fue encubierta a través de la sucesiva suscripción de contratos de prestación de servicios con el Estado.
En consecuencia, la Corte dispone el envío del expediente al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección 2, Subsección F, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado Laboral del Circuito de Funza.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección 2, Subsección F y el Juzgado Laboral del Circuito de Funza en el sentido de DECLARAR que el el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección 2, Subsección F, es la autoridad competente para conocer de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho promovida por Luis Carlos Corredor Herrera en contra del municipio de Cota, Cundinamarca.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-5201 al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección 2, Subsección F, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado Laboral del Circuito de Funza.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.