A- de 2023
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante Palacios Romaña Lilia Maria Y Otros·Demandado Departamento Del Chocó
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procesos ejecutivos en los que se pretende el pago de acreencias laborales reconocidas mediante actos administrativos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Quibdó (Chocó) y el Juzgado Tercero Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad.
Dicha controversia se originó respecto a la competencia para conocer una demanda ejecutiva laboral interpuesta por varios ciudadanos contra el Departamento del Chocó, pretendiendo que se materialice el pago de los dineros reconocidos mediante el acuerdo de pago que les reconoció el pago de las acreencias ordenadas por las sentencias judiciales dentro de un proceso declarativo.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones, la Corte resolvió que, los procesos ejecutivos donde sea invocado un título ejecutivo diferente a un acto administrativo, en los que se pretenda ejecutar obligaciones de origen laboral o de la seguridad social que no se enmarquen dentro de las hipótesis señaladas en el numeral 6º del artículo 104 de la Ley 1437 de 2011, corresponden a la jurisdicción ordinaria, en su especialidad laboral, de acuerdo con los artículos 12 de la Ley 270 de 1996 y 2.5 y 100 del Código Procesal de Trabajo y la Seguridad Social.
En ese sentido, la Sala ordenó remitir el proceso al Juzgado Primero Laboral del Circuito de Quibdó (Chocó), para lo de su competencia y para que comunique esta providencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Quibdó (Chocó) y el Juzgado
- Tercero. Administrativo Oral del Circuito de Quibdó (Chocó) y DECLARAR que el conocimiento del proceso promovido por la señora Lila María Palacios Romaña y otros, contra el Departamento del Chocó, corresponde al Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Quibdó (Chocó).
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-2073 al Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Quibdó (Chocó) para lo de su competencia y para que comunique esta providencia al Juzgado
- Tercero. Administrativo Oral del Circuito de Quibdó (Chocó) y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.