A- de 2025
Ponente Juan Carlos Cortés González
✓Demandante Gonzalo Santos Leon Solandi Sanchez Diaz·Demandado Instituto Geografico Agustin Codazzi
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 4 Administrativo del Circuito de Arauca y el Juzgado 1 Civil del Circuito con conocimiento de Asuntos Laborales de Saravena (Arauca).
La controversia entre los precitados despachos se originó en las diferentes interpretaciones del factor territorial.
Ambos presentaron una serie de argumentos relacionados con el lugar donde se produjo y tuvo sus efectos la vulneración de derechos alegada por la parte demandante.
Se dirimió el asunto con la remisión del expediente al Juzgado 1 Civil del Circuito con conocimiento de Asuntos Laborales de Saravena para que, de manera inmediata, tramite el proceso y adopte la decisión a que haya lugar.
Se hizo una advertencia a la precitada autoridad para que, en lo sucesivo, se abstenga de suscitar conflictos de competencia a partir de las reglas de reparto, en tanto ello desconoce la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional, pone en riesgo la eficacia de los derechos fundamentales y afecta la efectividad de la acción de tutela.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el Auto proferido el 9 de mayo de 2025 por el Juzgado 001 Civil del Circuito con Conocimiento en Asuntos Laborales de Saravena, con ocasión de la acción de tutela presentada por Gonzalo Santos León y Solandi Sánchez Díaz contra el Instituto Geográfico Agustín Codazzi - IGAC.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-5013 al Juzgado 001 Civil del Circuito con Conocimiento en Asuntos Laborales de Saravena para que, de manera inmediata, tramite el proceso y adopte la decisión a que haya lugar en relación con la presente acción de tutela.
- TERCERO. ADVERTIR al Juzgado 001 Civil del Circuito con Conocimiento en Asuntos Laborales de Saravena para que, en lo sucesivo, se abstenga de suscitar conflictos de competencia a partir de las reglas de reparto, en tanto ello desconoce la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional, pone en riesgo la eficacia de los derechos fundamentales y afecta la efectividad de la acción de tutela.
- CUARTO. Por intermedio de la Secretaría General de esta Corporación, COMUNICAR esta providencia a la parte accionante y al Juzgado 004 Administrativo de Arauca.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.