A- de 2022
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Bermudez Sánchez Gustavo·Demandado Alcaldia De Neiva Secretaria General
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conflictos sobre sistema de seguridad social integral de trabajadores oficiales, independientes o del sector privado
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre la Sala Quinta de Decisión Civil-Familia-Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva y la Sala Primera Oral del Tribunal Administrativo del Huila.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en una demanda ordinaria laboral presentada por un ciudadano para solicitar la reliquidación de las cesantías pagadas por el municipio de Neiva por el tiempo que laboró como trabajador oficial en la entidad territorial, en el cargo de obrero.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte reitera el precedente plasmado en el auto 448 de 2021 indicando que, de conformidad con el artículo 105 de la Ley 1437 de 2011, “la demanda promovida por un trabajador oficial para perseguir el reconocimiento y pago de prestaciones laborales que han sido causadas en virtud del contrato de trabajo que ha celebrado con el Estado, debe ser conocida y decidida por la Jurisdicción Ordinaria en su especialidad laboral”.
Conforme a lo anterior, la Corte, remitió el expediente a la Sala Quinta Civil-Familia-Laboral del Tribunal Superior de Neiva para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y a la Sala Primera de Oralidad del Tribunal Administrativo del Huila.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS la providencia judicial dictada por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura el 18 de agosto de 2017, por las razones expuestas en esta providencia.
- Segundo. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre la Sala Quinta Civil-Familia-Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva y la Sala Primera Oral del Tribunal Administrativo del Huila, en el sentido de DECLARAR que la Sala Quinta Civil- Familia-Laboral del Tribunal Superior de Neiva, es la autoridad competente para conocer del proceso de reliquidación de cesantías pagadas por el municipio de Neiva al señor Gustavo Bermúdez Sánchez, por lo que le corresponde dar curso al grado de consulta pendiente de decisión.
- Tercero. REMITIR el expediente CJU-429 a la Sala Quinta Civil-Familia- Laboral del Tribunal Superior de Neiva para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y a la Sala Primera de Oralidad del Tribunal Administrativo del Huila.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.