Micelio
Auto11 de octubre de 2021

A- de 2021

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Fabian Diaz Plata·Demandado Tribunal Administrativo De Santander

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Nulidad Procesal En La Accion De Tutela
  • Aplicación del régimen general de nulidad (artículo 133 C.G.P.), siempre que sus causales no resulten contrarias a los principios de celeridad y eficacia que caracterizan la tutela
  • Principios de trascendencia, protección y convalidación
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de nulidad del traslado de las pruebas decretadas en sede de revisión, formulada por la vocera del Comité de Veeduría Ciudadana Dignidad Minera.

La Corte encontró que no se pretermitió ninguna oportunidad procesal para que las partes e intervinientes ejercieran el derecho de contradicción, de manera que se afectó la garantía del derecho al debido proceso y, en consecuencia, no existió causal de nulidad que invalidara lo actuado.

Con base en la anterior, se RECHAZÓ la nulidad formulada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. NEGAR la solicitud de nulidad formulada por la ciudadana Ivonne Consuelo Gonzalez, en calidad de vocera del Comite de Veeduria Ciudadana Dignidad Minera, por las razones invocadas en esta providencia.
  2. Segundo. Comunicar esta providencia a las partes y demas interesados en el proceso, con la advertencia de que contra esta decision no procede ningun recurso.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.