Micelio
Auto10 de mayo de 2023

A- de 2023

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante De Oficio Procesado Vargas Jumbe Javier Y Otros·Demandado Vargas Jumbe Javier Y Otros

Tema · dato duro
Competencia De La Jurisdicción Ordinaria-Procesos En Los Cuales, Según Las Pautas De Ponderación, Los Factores De Competencia De La Jurisdicción Especial Indígena No Se Satisfacen
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria
  • Procesos en los cuales, según las pautas de ponderación, los factores de competencia de la Jurisdicción Especial Indígena no se satisfacen
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 28 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Cali y el Resguardo Indígena de las Mercedes.

Dicha controversia se originó respecto a la competencia para conocer un proceso penal adelantado contra miembros de una comunidad indígena por el delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes.

Al realizar un análisis ponderado sobre los cuatro elementos del fuero indígena, este tribunal advirtió que se solo encuentra acreditado el elemento personal respecto de uno de los procesados y no se pudo probar el elemento territorial.

En cuanto al elemento objetivo, este criterio no resultó determinante y el elemento institucional no pudo acreditarse.

Este último elemento es de especial importancia para resolver el caso concreto, si se toma en consideración que compromete la competencia de la capacidad de la comunidad indígena para juzgar y garantizar los derechos de los sujetos investigados, sobre todo, atendiendo a que tres de ellos no pertenecen a la comunidad indígena que reclamó competencia para investigar y judicializar los hechos objeto de investigación.

En síntesis, la Sala concluyó que la comunidad indígena no aportó los elementos de juicio indispensables para entender satisfecho el estándar que la jurisprudencia constitucional ha exigido en esta materia y por esa razón, la Sala le asignó la competencia al Juzgado 28 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Cali, a donde ordenó remitir el expediente.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre Juzgado 28 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Cali y la Jurisdicción Indígena del Resguardo Las Mercedes, y DECLARAR que el conocimiento del proceso penal seguido en contra de los señores Javier Vargas Jumbe, Stiven Nene Mensa, Derly Eliana Yatacue Canas y Edwin Ulcue Mensa, por el delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes, debe continuar a cargo Juzgado 28 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Cali.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-1008 al Juzgado 28 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Cali para lo de su competencia y para que comunique esta decisión al Resguardo Las Mercedes, así como a las partes y demás interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.