ACLARACIÓN DE VOTO DE LA MAGISTRADA DIANA FAJARDO RIVERA AL AUTO 750 de 2021 Referencia: expediente CJU-383.
11. Conflicto de jurisdicción entre el Juzgado Quinto Penal del Circuito para Adolescentes con Funciones de Conocimiento de Bogotá y el Cabildo Gobernador del Resguardo Indígena Belalcázar. Magistrada ponente: GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
1. Previamente debo advertir que las razones por las cuales acompaño el sentido de esta decisión corresponden, primero, a la ausencia de información y, segundo, al respeto por las decisiones que, desde hace un tiempo, viene consolidando la mayoría de la Sala Plena en la resolución de este tipo de conflictos de jurisdicciones, pero de las cuales disiento. En ese sentido, en esta oportunidad pongo de presente, de nuevo, mi desacuerdo con la orientación que se ha tenido en estos asuntos y que se refuerza en el auto de la referencia, particularmente a la hora de analizar los factores objetivo e institucional para la activación de la Jurisdicción Especial Indígena, como paso a explicarlo.
2. En otras oportunidades, principalmente en mi