Micelio
Auto3 de junio de 2026

A-747 de 2026

Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Sin información

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. RECHAZAR por improcedente, al no cumplir el requisito de carga argumentativa, el recurso de s�plica presentado por el ciudadano Jes�s Alberto Cabal Reyes contra el auto del 29 de abril de 2026, que rechaz� la demanda de inconstitucionalidad presentada en el expediente D-17359.
  2. Segundo. Contra esta providencia no procede recurso alguno.
  3. Tercero. Ejecutoriada esta decisi�n, ARCHIVAR el expediente D-17359. Notif�quese y c�mplase. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Presidenta NATALIA �NGEL CABO Magistrada CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado No participa HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado JORGE ENRIQUE IB��EZ NAJAR Magistrado MIGUEL POLO ROSERO Magistrado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] https://samai.consejodeestado.gov.co/Vistas/Casos/list_procesos.aspx?guid=110010324000202500260001100103 . [2] En los t�rminos del art�culo 93.1 de la Ley 1437 de 2011. [3] Congreso de la Rep�blica. Ley 1123 de 2007 �Por la cual se establece el C�digo Disciplinario del Abogado�. [4] Expediente digital, archivo �D0017359-Presentaci�n Demanda-(2026-03-11 12-14-56).pdf�. [5] Expediente digital, archivo �D0017359-Presentaci�n Demanda-(2026-03-11 12-14-56).pdf� p.16. [6] Expediente digital, archivo �D0017359-Auto Inadmisorio-(2026-04-07 03-39-41).pdf�. [7] Expediente digital, archivo �1798 E D-17359 - D-16849 Escrito ciudadano y solicitud de Jesus Alberto Cabal Reyes�. [8] Expediente digital, archivo �D0017359-Auto Rechazo-(2026-04-30 04-31-09).pdf�. [9] Expediente digital, archivo �D0017359-Recurso de S�plica-(2026-05-06 12-13-06).pdf�. [10] En esta l�nea, el accionante afirm� lo siguiente en su escrito: �Como ya se ha mencionado anteriormente, los art�culos constitucionales #4, #13 y #29 son inviolables y �Cabal� no necesita hacer ning�n otro argumento para sustentar sus cargos porque dichos art�culos de forma contundente y sin ambig�edad alguna establecen que los derechos b�sicos de los ciudadanos no pueden ser usurpados, ni alterados bajo cualquier circunstancia. Este concepto es tan b�sico, y tan elemental, que hasta un estudiante promedio de 15 o 16 a�os cursando la secundaria en Colombia lo puede entender, y, por lo tanto, concluir que los art�culos 65, 66, 79 y 80 de dicha ley 1123 son de hecho una farsa, una aberraci�n total en la jurisprudencia colombiana y por simple l�gica �Prima Facie� inconstitucionales ya que est�n prohibidos por los enunciados que protegen el �Debido Proceso� y la �No Discriminaci�n� en nuestra naci�n por medio de los art�culos constitucionales ya referenciados. (#4, #13, #29).� En Expediente digital, archivo �D0017359-Recurso de S�plica-(2026-05-06 12-13-06).pdf�. [11] Se refiere al auto de rechazo de la demanda. [12] Art�culo 49 del Acuerdo 01 de 2025. [13] Corte Constitucional, Auto 1407 de 2025 y Auto 1124 de 2024. [14] El art�culo 49 del Acuerdo 01 de 2025 establece que: �(�) 1. El recurso de s�plica deber� interponerse dentro de los tres (3) d�as siguientes a la notificaci�n de la providencia objeto de �l�. [15] Respecto del �ltimo requisito, la Corte estima que el recurrente tiene la carga de presentar �un razonamiento mediante el cual la Sala Plena pueda constatar el yerro, el olvido o la actuaci�n arbitraria que se endilga del Auto de rechazo� Ver Autos 962 de 2021, 467 de 2020 y Autos 514 de 2017 entre otros. As� las cosas, si el actor no motiva el recurso o lo hace de manera insuficiente, �estar�a incurriendo en una falta de motivaci�n grave que impedir�a a esta Corporaci�n pronunciarse de fondo sobre el recurso� (Autos 962 de 2021 y 822 de 2021). [16] Autos 196 de 2002, 196 de 2002, 129 de 2005, 125 de 2020 y 027 de 2021. [17] Auto 1169 de 2022. [18] Auto 111 de 2023. [19] Auto 027 de 2016. [20] Corte Constitucional, Auto 962 de 2021. [21] Corte Constitucional, Auto 275 de 2020. [22] Al respecto, se pueden consultar los autos 1237 de 2024 y 891 de 2025, entre muchos otros.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.