A- de 2024
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Mauricio Colonia Vargas·Demandado Gobernacion Del Meta
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia a prevención
- Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de San José del Guaviare y el Juzgado Séptimo Penal Municipal con Función de Conocimiento de Villavicencio.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en las diferentes interpretaciones del factor territorial.
Ambos despachos presentaron una serie de argumentos relacionados con el lugar donde se presentó y tuvo sus consecuencias la vulneración de derechos alegada.
Teniendo en cuenta que ambos despachos tienen competencia para resolver el asunto, la Corte decidió respetar la elección del accionante y, en virtud del criterio a prevención, dispuso enviar el expediente al Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de San José del Guaviare para que, de manera inmediata, continúe con el trámite y adopte la decisión que corresponda.
Al otro operador jurídico le advirtió que, siempre que se considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela se debe resolver, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550/18.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (8 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 27 de febrero de 2024 proferido por el Juzgado
- Segundo. Promiscuo Municipal de San José del Guaviare dentro de la acción de tutela promovida por el señor Mauricio Colonia Vargas contra la Gobernación del Meta.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-4646 al Juzgado
- Segundo. Promiscuo Municipal de San José del Guaviare para que, de manera inmediata, continúe con el trámite y adopte la decisión que corresponda.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado
- Séptimo. Penal Municipal con Función de Conocimiento de Villavicencio (Meta) que, siempre que se considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550 de 2018 de esta Corporación.
- Cuarto. Por la Secretaría General de esta Corte, COMUNICAR la presente decisión al accionante y al Juzgado
- Séptimo. Penal Municipal con Función de Conocimiento de Villavicencio (Meta).
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.