Micelio
Auto19 de noviembre de 2018

A- de 2018

Ponente Mauricio Piñeros Perdomo

Demandante Grety Patricila Lopez Alban Y Otro·Demandado Estatuto Tributario Art. 336 Y 388 Parciales

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente auto la Sala Plena de la Corte Constitucional, conformada para este asunto por conjueces, decidió ACEPTAR el impedimento manifestado por el doctor Rodrigo Uprimny Yepes para intervenir y decidir sobre la demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 336 y 338 (parciales) del Estatuto Tributario, en el marco del proceso correspondiente al Expediente D-12814.

Así mismo, dispuso RECHAZAR el impedimento formulado por los conjueces William Zambrano Cetina y Jorge Pinzón Sánchez, por no existir un claro y directo compromiso de su objetividad y neutralidad.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. ACEPTAR el impedimento manifestado por el conjuez Rodrigo Uprimny para intervenir y decidir sobre la demanda de inconstitucionalidad contra los articulos 336 (parcial) y 338 (parcial) del Estatuto Tributario, en el marco del proceso correspondiente al Expediente D-12814.
  2. RECHAZAR el impedimento manifestado por los conjueces William Zabrano Cetina y Jorge Pinzon Sanchez por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
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Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.