Micelio
Auto3 de junio de 2026

A-730 de 2026

Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 51 Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá D.C., el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo Sección Primera, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, Agraria y Rural y el Juzgado 43 Civil del Circuito de Bogotá D.C.

Encontró la Corte que en el presente caso solo se presentó un conflicto aparente en la medida en que las tres primeras autoridades se apartaron del conocimiento de la acción de tutela con fundamento en las reglas de reparto previstas en el Decreto 1069 de 2015, modificado por los Decretos 333 de 2021 y 799 de 2025, mientras que el cuarto consideró que dichas disposiciones correspondían únicamente a criterios de reparto, no aplicables para la fijación de competencia.

Luego de analizar el caso la Sala dirimió la controversia con la remisión del expediente al Juzgado 51 Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá D.C. para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar.

Se hizo una advertencia al precitado despacho para que, en lo sucesivo, se abstengan de apartarse del conocimiento de acciones de tutela con fundamento en las reglas de reparto contenidas en el Decreto 1069 de 2015, modificado por los Decretos 333 de 2021 y 799 de 20

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS la decisi�n del 12 de febrero de 2026, dictado por el Juzgado 051 Penal del Circuito con Funci�n de Conocimiento de Bogot� D.C.; en la cual declar� su falta de competencia para asumir el conocimiento de la acci�n de tutela presentada por Jos� Luis Villafa�e Quintero, en contra de la Consejer�a Presidencial para los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario y otros.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC - 5400 al Juzgado 051 Penal del Circuito con Funci�n de Conocimiento de Bogot� D.C. para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisi�n a que haya lugar.
  3. TERCERO. ADVERTIR al Juzgado 051 Penal del Circuito con Funci�n de Conocimiento de Bogot� D.C. que, en lo sucesivo, se abstengan de apartarse del conocimiento de acciones de tutela con fundamento en las reglas de reparto contenidas en el Decreto 1069 de 2015, modificado por los Decretos 333 de 2021 y 799 de 2025.
  4. CUARTO. Por la Secretar�a General de la Corte Constitucional, COMUNICAR la decisi�n adoptada en esta providencia a la parte accionante, a la Secci�n Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado y a la Sala de Casaci�n Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia Notif�quese, comun�quese y c�mplase. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Presidenta NATALIA �NGEL CABO Magistrada CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado JORGE ENRIQUE IB��EZ NAJAR Magistrado MIGUEL POLO ROSERO Magistrado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] Acuerdo 01 de 2025. Por medio del cual se unifica y actualiza el Reglamento de la Corte Constitucional. [2] Expediente digital ICC-5400, Carpeta �2. Expediente�, archivo �008ED_Demanda.pdf�. [3] Expediente digital ICC-5400, Carpeta �2. Expediente�, archivo �008ED_Demanda.pdf�. Se advierte del expediente que el se�or Jos� Luis Villafa�e Quinterio es el �nico accionante. [4] Expediente digital ICC-5400, Carpeta �2. Expediente�, archivo �008ED_Demanda.pdf�. Miembros de la Fuerza P�blica procesados: Jorge Erney Marroqu�n Cadena, Juli�n Ernesto �vila Mart�nez, Cristian Gabriel P�rez Galindo, Dairo Jos� Arboleda Toro, Edisson Javier Esteban Aguiar, Jos� Efra�n Letamo Yalanda, Santander Licona Ramos, Wilmer Mosquera Poscu�, Luis �ngel N��ez Pe�a, Danilo Quintero Urrea, Jos� Alexander Villa Ciro, Financio No� Anama Escobar, Maycol Mauricio Abril Hern�ndez, Yeiss�n David Becerra Guti�rrez, Robinson Bele�o Herrera, Franky Fabi�n Hoyos P�rez, John Fredy Hoyos Qui��nez, Carlos Alberto Perdomo Romero, Jeisson Rico Soto Y Jeisson Rivera Holgu�n. [5] No se evidencia en el expediente el nombre de la funcionaria. [6] Luis Alfonso Cabezas Guzm�n, Fiscal 150 Especializado delegado � UECVEDH � sede Ibagu� (Tolima). [7] Expediente digital ICC-5400, Carpeta �2. Expediente�, archivo �002ED_003AutoRemiteCompete.pdf�. [8] Ibid [9] Expediente digital ICC-5400, Carpeta �2. Expediente�, archivo �009Autoquedeclar_20260111600NESTORAND.pdf� [10] Expediente digital OCC-5400, Carpeta �2. Expediente�, archivo �019REGRESADEOTRA_11001020300020260113.pdf� [11] Ibid [12] Expediente digital ICC-5400, Carpeta �2. Expediente�, archivo �028Autoquedeclar_2026011600JOSELUISV.pdf� [13] Ibid [14] Expediente digital ICC-5400, Carpeta �2. Expediente�, archivo �006AutoProponeConflicto202600227.pdf� [15] Ibid [16] Expediente digital ICC-5400, Carpeta �2. Expediente�, archivo �010AutoConflictoNegativoCompetencia11001310905120260003400.pdf� [17] Expediente digital ICC-5400, carpeta �1. Correo envio ICC 5400�, archivo �Correo envio ICC 5400.pdf� [18] Auto 550 de 2018. [19] Auto 550 de 2018. [20] Auto 550 de 2018. [21] Art�culos 86 de la Constituci�n y 8� transitorio de su t�tulo transitorio adicionado por el Acto Legislativo 01 de 2017, y los art�culos 32 y 37 del Decreto 2591 de 1991. [22] Ver, por ejemplo, el Auto 493 de 2017. [23] Art�culo 8� transitorio del t�tulo transitorio de la Constituci�n Pol�tica de Colombia de 1991 (introducido por el art�culo 1� del Acto Legislativo 01 de 2017). [24] Auto 655 de 2017. [25] Por el cual se modifica el numeral 2 del art�culo 2.2.3.1.2.1 del Decreto 1069 de 2015, �nico Reglamentario del sector Justicia y del Derecho y se restablece la regla de reparto de las acciones de tutela contra autoridades del orden nacional �como la Presidencia de la Rep�blica y las consejer�as presidenciales� a los jueces del circuito o con igual categor�a. [26] Ver, entre otros, los Autos 366 de 2021 y 036 de 2022, M.P. Gloria Stella Ortiz Delgado. El par�grafo
  5. segundo. del art�culo 2.2.3.1.2.1. del Decreto 1069 de 2015, modificado por el art�culo 1� del Decreto 333 de 2021 dispone que � las anteriores reglas de reparto no podr�n ser invocadas por ning�n juez para rechazar la competencia o plantear conflictos negativos de competencia � . [27] Corte Constitucional Auto 124 de 2009, M.P. Humberto Antonio Sierra Porto. [28] Corte Constitucional, Autos 112 de 2006, 250 de 2018, 327 de 2018 y 1306 de 2024. [29] Corte Constitucional, A047 de 2026, A1126 de 2025 A1253 de 2024, entre otros.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.