Micelio
Auto13 de diciembre de 2017

A- de 2017

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Yerlin De La Hoz Ardila

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de cumplimiento.

El memorialista le indica a la Corporación que actúa en calidad de apoderado de algunos damnificados de la segunda ola invernal del año 2011 en diferentes municipios del país.

Aduce que formuló ante los operadores jurídicos el cumplimiento de la sentencia T-648/13 y del Auto 457/15 y que el trámite impartido por los jueces de instancia fue diferente en tanto unas fueron inadmitidas, otras admitidas y algunas tramitadas como incidentes de desacato y como solicitud o acción de cumplimiento.

Igualmente informó que las órdenes variaron y en los casos en que se ordenó el cumplimiento, la UNGRD incumplió al no pagar el subsidio ofrecido.

Como quiera que la Corte no encontró acreditada la condición de apoderado invocada por el memorialista, declaró IMPROCEDENTE la petición formulada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (9 puntos)
  1. Primero. Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de cumplimiento de la sentencia T-648 de 2013, presentada por el ciudadano Yerlin De La Hoz Ardila al no demostrar su calidad de apoderado.
  2. Comuniquese, notifiquese, cumplase y publiquese.
  3. ALEJANDRO LINARES CANTILLO
  4. Magistrado
  5. ANTONIO JOSE LIZARAZO OCAMPO
  6. Magistrado
  7. GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
  8. Magistrada
  9. MARTHA VICTORIA SACHICA MENDEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.