Micelio
Auto15 de diciembre de 2017

A- de 2017

Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado

Demandante Diana Fajardo Rivera

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

La Magistrada Diana Fajardo Rivera presentó su impedimento para participar en lo relacionado con asuntos tratados en el Auto 206/17 y posteriores seguimientos a su cumplimiento, por considerar que se encuentra incursa en una de las causales establecidas en el artículo 99 del Reglamento de la Corte Constitucional y en el numeral 4º del artículo 56 del Código de Procedimiento Penal.

La Corte evidencia que la precitada Magistrada se encuentra incursa en la causal de impedimento invocada, por haber participado y conceptuado sobre el asunto resuelto mediante el Auto 206/17, objeto de la sesión técnica convocada mediante Auto 647/17.

En consecuencia, se acepta el impedimento y se separa a la togada del proceso de seguimiento Auto 206/17.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. En merito de lo expuesto los suscritos magistrados de la Corte Constitucional,
  2. RESUELVEN
  3. PRIMERO. DECLARAR que en la sesion tecnica convocada mediante Auto 647 de 2017 de la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004, la Magistrada Diana Fajardo Rivera se encuentra incursa en la causal de impedimento por haber participado y rendido su concepto sobre el asunto objeto de la sesion, en virtud de lo establecido en el numeral 4deg del articulo 56 de la Ley 906 de 2004 y en el articulo 99 del Acuerdo 02 de 2015. En consecuencia, se ACEPTA el impedimento formulado.
  4. SEGUNDO. SEPARAR a la Magistrada Diana Fajardo Rivera del proceso de seguimiento al cumplimiento del Auto 206 de 2017, cuyo impedimento se acepta en los terminos de esta providencia.
  5. TERCERO. Contra esta decision no procede ningun recurso.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.