Micelio
Auto29 de mayo de 2025

A- de 2025

Ponente Natalia Ángel Cabo

Demandante Mallama Mantilla Paola Andrea·Demandado Lopez Gonzalez Jhon Ricardo Y Otros

Tema · dato duro
Incumplimiento Del Elemento Funcional Del Fuero Penal Militar-Investigación Adelantada Contra Miembros De La Fuerza Pública Por La Presunta Comisión De Los Delitos De Privación Ilegal De La Libertad Y Constreñimiento Ilegal En El Marco De Una Operación De Inteligencia.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Penal Ordinaria
  • Conocimiento de procesos que vinculen a miembros de la fuerza pública por delitos cometidos en servicio activo sin relación con el servicio
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre el Juzgado 049 de Instrucción Penal Militar y el Juzgado 017 Penal Municipal con función de control de garantías de Cali, causado por una investigación penal adelantada contra unos ciudadanos, por la presunta comisión de los delitos de privación ilegal de la libertad y constreñimiento ilegal.

Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena analiza los elementos del fuero penal militar y encuentra que los investigados eran miembros activos del Ejército Nacional para el día de los hechos pues se encuentran registrados en la misión de trabajo de la operación de inteligencia que resultó en la detención de la ciudadana, con lo que se confirma el elemento subjetivo.

El elemento funcional no se encuentra acreditado porque no existe certeza sobre la relación próxima, directa y estrecha del comportamiento investigado con el cumplimiento de las funciones constitucionales asignadas a los miembros del Ejército Nacional.

Se tiene que el Juzgado de Instrucción Penal Militar investiga posibles irregularidades ocurridas en el marco de una operación de inteligencia; la hipótesis planteada por la Fiscalía detalla presiones y amenazas dirigidas a la ciudadana, así como una detención sin orden judicial en contra de su voluntad.

La existencia de estas distintas versiones genera duda sobre la vinculación de las conductas investigadas con el servicio militar.

Resulta aplicable la regla general de competencia de la jurisdicción ordinaria, penal, en virtud de que el fuero penal militar consagrado en el artículo 221 superior solo procede excepcionalmente cuando haya certeza sobre los elementos que lo constituyen.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 049 de Instrucción Penal Militar y el Juzgado 017 Penal Municipal con función de control de garantías de Cali, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 017 Penal Municipal con función de control de garantías de Cali es la autoridad competente para continuar el proceso penal que se adelanta en contra de los señores Jhon Ricardo López González, José Alberto Contreras Acuña y Miguel Ángel Hernández Rodríguez por los delitos de privación ilegal de la libertad y constreñimiento ilegal.
  2. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-6331 al Juzgado 017 Penal Municipal con función de control de garantías de Cali para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 049 de Instrucción Penal Militar, y a los demás sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
  3. Tercero. ADVERTIR al al Juzgado 017 Penal Municipal con función de control de garantías de Cali que, en lo sucesivo, cuando decida rechazar o reclamar la competencia para conocer un proceso judicial, exponga de forma expresa si reclama o rechaza la competencia para conocer del asunto.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoJosé Fernando Reyes Cuartas
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

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