A- de 2023
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Unidad Administrativa Especial De Gestion Pensional Y Contribuciones Parafiscales Ugpp·Demandado Rodriguez Berta Joelanis
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Santa Marta, Magdalena, y el Tribunal Administrativo del Magdalena.
Dicha controversia se originó respecto a la competencia para conocer una demanda ordinaria laboral interpuesta por la UGPP en contra de una ciudadana, con el propósito de que se declare la nulidad de cinco actos administrativos expedidos por la extinta Empresa Puertos de Colombia y que reconocieron la pensión de un ciudadano.
Asimismo, solicitó la nulidad de cuatro resoluciones proferidas por la extinta Empresa Puertos de Colombia y la UGPP, que reconocieron y modificaron la sustitución pensional.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones, la Corte verifica que el conocimiento de este asunto es competencia exclusiva de los jueces de lo contencioso administrativo, ya que la UGPP pretende que se declare la nulidad de sus propios actos.
Además, solicita la nulidad de unos actos proferidos por una entidad liquidada – la Empresa Puertos de Colombia – cuyas obligaciones, relativas a la administración de los derechos y prestaciones sociales, quedó a cargo de la demandante.
Con fundamento en lo anterior, la Corte Constitucional dirime el presente conflicto de jurisdicción en el sentido de determinar que el Tribunal Administrativo del Magdalena es la autoridad competente para conocer del proceso promovido por la UGPP.
Por lo tanto, ordenó remitir el expediente para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones entre el Juzgado
- Tercero. Laboral del Circuito de Santa Marta, Magdalena, y el Tribunal Administrativo del Magdalena, en el sentido de DECLARAR que su conocimiento corresponde a la jurisdicción de lo contencioso administrativo.
- SEGUNDO. Por medio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-2758 al Tribunal Administrativo del Magdalena, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al demandante, al Juzgado
- Tercero. Laboral del Circuito de Santa Marta, Magdalena, y a los demás interesados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.