A- de 2017
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Juan Alejandro Rodriguez Chavez·Demandado Tribunal Superior De Cali, Sala Penal
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre las Salas Penal (Sala de Decisión de Tutelas No. 3) y Civil de la Corte Suprema de Justicia.
La Sala Penal decidió no conocer la acción de tutela formulada, alegando disposiciones contenidas en el reglamento interno de dicha Corporación.
Respecto de los reglamentos internos de los cuerpos colegidos judiciales reitera la Corte que sus miembros no están autorizados para basar su incompetencia en los mismos, dado a que aluden a reglas de reparto dentro de cada corporación judicial.
Concluye la Sala Plena de la Corte Constitucional que si los magistrados de la Sala Penal referida consideran que se encuentran inmersos en una causal de impedimento para conocer el asunto, deben seguir el trámite dispuesto para el efecto en el ordenamiento jurídico.
Tras advertir que no se configuró un conflicto de competencia, se remite el expediente a la mencionada Sala Penal, para que de manera inmediata tramite y profiera decisión de fondo respecto del amparo solicitado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 31 de octubre de 2017 proferido por la Sala de Casacion Penal -Sala de Decision de Tutelas Ndeg 3- de la Corte Suprema de Justicia, mediante el cual se declaro sin competencia para conocer de la accion de tutela presentada por Juan Alejandro Rodriguez Chavez, en calidad de Procurador Sesenta y Dos Judicial Penal II de Cali contra la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-3146 a la Sala de Casacion Penal-Sala de Decision de Tutelas Ndeg 3- de la Corte Suprema de Justicia, para que, de manera inmediata, tramite y profiera la decision de fondo respecto del amparo solicitado.
- Tercero. Por la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR a las partes y a la Sala de Casacion Civil de la Corte Suprema de Justicia, la decision adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.