A- de 2018
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Tomas Eduardo Muegues Farfan·Demandado Uariv
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
- Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre los Juzgados Quinto Civil del Circuito y Primero Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Valledupar.
La controversia se generó porque las autoridades involucradas tomaron las reglas de reparto contenidas en el Decreto 1983 de 2017, para declararse incompetente y no pronunciarse de fondo sobre la solicitud de amparo.
La Corte considera que quien debe resolver la acción de tutela es a quien primero se repartió, esto es, el Juzgado Quinto Civil del Circuito de Valledupar.
Se dispone enviar el expediente a esta autoridad, para que de manera inmediata inicie el trámite y profiera la decisión de fondo a que haya lugar.
Se hace una advertencia a los juzgados en conflicto, para que en lo sucesivo se abstengan de suscitar conflictos de competencia con base en las reglas de reparto, en tanto ello desconoce la jurisprudencia dela Corte Constitucional.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (9 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS los Autos del 27 de julio de 2018 y 29 de agosto del mismo ano, proferidos por el Juzgado
- Quinto. Civil del Circuito de Valledupar al interior del expediente ICC-3486.
- SEGUNDO. REMITIR al Juzgado
- Quinto. Civil del Circuito de Valledupar el expediente ICC-3486 para que, de manera inmediata, inicie el tramite y profiera la decision de fondo a que haya lugar dentro de la accion de tutela interpuesta por el senor Tomas Eduardo Muegues Farfan contra la Unidad Administrativa Especial para la Atencion y Reparacion Integral a las Victimas.
- TERCERO. ADVERTIR al Juzgado
- Quinto. Civil del Circuito de Valledupar y al Juzgado
- Primero. Penal Municipal con Funciones de Control de Garantias de la misma ciudad que en lo sucesivo se abstengan de suscitar conflictos de competencia con base en las reglas de reparto, en tanto ello desconoce la jurisprudencia de la Corte Constitucional.
- CUARTO. ORDENAR que por Secretaria General se comunique la decision adoptada en esta providencia a la parte actora y al Juzgado
- Primero. Penal Municipal con Funciones de Control de Garantias de Valledupar.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.