Micelio
Auto18 de abril de 2024

A- de 2024

Ponente Juan Carlos Cortés González

Demandante Angela Camila Montenegro Hualpa·Demandado Consultorio Jurídico €?daniel Restrepo Escobar€? De La Universidad De Caldas

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia Aparente
  • Equivocada interpretación e inobservancia de reglas de reparto y trámite de la acción de tutela
Principio Perpetuatio Jurisdictionis
  • Competencia no puede ser alterada en primera ni en segunda instancia pues se afectaría la finalidad de la acción de tutela
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Primero Penal del Circuito de Manizales y el Juzgado Cuarto Administrativo del Circuito de la misma ciudad.

En el trámite de impugnación el primer despacho declaró la nulidad de todo lo actuado y ordenó la remisión del expediente a la oficina de reparto de los juzgados administrativos del circuito, con fundamento en una inobservancia de las reglas de reparto del numeral 2 del artículo 1° del Decreto 333 de 2021, que modificó el artículo 2.2.3.1.2.1. del Decreto 1069 de 2015.

Tras concluir que la precitada autoridad actuó en abierto desconocimiento del principio de perpetuatio jurisdictionis, la Sala Plena dirimió la controversia con la remisión del expediente al Juzgado Primero Penal del Circuito de Manizales, para que, de manera inmediata, tramite la impugnación.

Se hizo una advertencia a este operador jurídico para que, en lo sucesivo, adecúe sus actuaciones en materia de competencia en tutela a las reglas reiteradas en esta providencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (8 puntos)
  1. PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 22 de febrero de 2024, proferido por el Juzgado
  2. Primero. Penal del Circuito de Manizales dentro del trámite de la acción de tutela de la referencia.
  3. SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-4621 al Juzgado
  4. Primero. Penal del Circuito de Manizales, para que, de manera inmediata, tramite la impugnación.
  5. TERCERO. ADVERTIR al Juzgado
  6. Primero. Penal del Circuito de Manizales que, en lo sucesivo, adecúe sus actuaciones en materia de competencia en tutela a las reglas reiteradas en esta providencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
  7. CUARTO. Por la Secretaría General de la Corte Constitucional, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante y al Juzgado
  8. Cuarto. Administrativo del Circuito de Manizales.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.