A- de 2022
Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Demandante Cecilio Soler Paez Y Otro·Demandado Fiscalia 4 Lboral De Ramiriqui Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Aplicación del principio de la perpetuatio jurisdictionis
- Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre la Sala de Decisión de Tutelas N°3 de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia y la Sala de Casación Civil de la misma Corporación.
Encontró la Corte Constitucional que en el presente asunto sólo se presentó un conflicto aparente, en la medida en que la primera Sala mencionada desconoció el principio de perpetuatio jurisdictioni, afectando la celeridad y eficacia de la administración de justicia, así como la protección de los derechos fundamentales de los accionantes.
Se dirime la controversia con la remisión del expediente a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, para que prosiga con el trámite y resuelva de fondo la solicitud de amparo invocada.
Se le hace una advertencia a esta autoridad para que, en lo sucesivo, se abstenga de rechazar la competencia de acciones de tutela con fundamento en las reglas de reparto del Decreto 333 de 2021 y el Acuerdo 006 de 2002, para no incurrir en actuaciones que constituyan barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar, así, el goce efectivo de los derechos fundamentales.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 7 de marzo de 2022, proferido por la Sala de Decisión N°3 de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, en el marco de la acción de tutela promovida por Cecilio Soler Páez y Andrés Geovanni Soler Páez en contra de la Fiscalía Cuarta Local de Ramiriquí, la Fiscalía 34 Seccional de Ramiriquí, la Fiscalía 4 Delegada ante el Tribunal Superior de Tunja y la Sala Penal del Tribunal Superior de Tunja.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-4186 a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, para que prosiga con el trámite y resuelva de fondo la acción de tutela presentada por la accionante.
- Tercero. ADVERTIR a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia para que, en lo sucesivo, se abstenga de rechazar la competencia de acciones de tutela con fundamento en las reglas de reparto del Decreto 333 de 2021 y el Acuerdo 006 de 2002, para no incurrir en actuaciones que constituyan barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar, así, el goce efectivo de los derechos fundamentales.
- Cuarto. Por Secretaría General, COMUNICAR a la parte actora y a la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia la decisión adoptada mediante esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.