Micelio
Auto29 de octubre de 2018

A- de 2018

Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado

01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

La Vicepresidencia de la República, en calidad de coordinadora de la Comisión Intersectorial de Alto Nivel para la Costa Nariñense, solicitó a la Corporación extender, en el marco de la Audiencia Pública convocada mediante Auto 634/18, la invitación a los líderes de las comunidades indígenas Awá y Eperara-Siapidaara como población objeto de protección, según lo ordenado en Auto 620 de 2017.

La Corte ACCEDE a las peticiones formuladas y cita a la Audiencia mencionada a varias entidades que conforman el Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas, así como a las destinatarias de las diferentes órdenes proferidas en la Sentencia T-025/04 y sus autos complementarios.

Consecuentemente con lo anterior, se modifica la agenda inicialmente concebida y se fija una nueva programación.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (82 puntos)
  1. Primero. ACCEDER a las peticiones elevadas por la Vicepresidencia de la Republica de acuerdo con lo expuesto en los fundamentos juridicos 6 y 7 de la presente providencia.
  2. En esa medida, CITAR a la Audiencia Publica convocada mediante Auto 634 de 2018, por intermedio de la Secretaria General de la Corte Constitucional, a la Vicepresidenta de la Republica.
  3. Segundo. CITAR, por intermedio de la Secretaria General de la Corte Constitucional, a la Audiencia Publica convocada mediante Auto 634 de 2018, a la Gobernadora del departamento de Putumayo por los motivos expuestos en esta providencia.
  4. Tercero. ACCEDER PARCIALMENTE a las propuestas formuladas por la Comision creada en virtud del Auto 634 de 2018, de conformidad con lo expuesto en la presente providencia.
  5. Cuarto. NO ACCEDER a la peticion elevada por la Mesa Departamental de Victimas de Antioquia, por los motivos expuestos en la presente providencia.
  6. Quinto. CITAR, a la Audiencia Publica convocada mediante Auto 634 de 2018, por intermedio de la Secretaria General de la Corte Constitucional, a (i) los Ministros de Salud y Proteccion Social, Vivienda, Ciudad y Territorio, Trabajo, Agricultura y Desarrollo Rural, de Justicia y el Derecho y de Educacion Nacional; (ii) los Directores Generales del Departamento para la Prosperidad Social; la Agencia Nacional de Tierras; la Agencia de Desarrollo Rural; la Agencia de Renovacion del Territorio y del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA); (iii) los Altos Consejeros Presidenciales para el Posconflicto y para los Derechos Humanos; (iv) la Directora del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y al Director del Centro Nacional de Memoria Historica.
  7. Sexto. SOLICITAR, a traves de la Secretaria General de esta Corporacion, a la Procuraduria General de la Nacion, la Defensoria del Pueblo y ACNUR, que en el marco de las visitas a terreno realizadas entre 2015 y 2018, seleccionen un lider, lideresa o autoridad etnica representante de poblacion desplazada del departamento de Putumayo y de los pueblos Awa y Eperara-Siapidaara ubicados en el Pacifico Narinense.
  8. Septimo. INVITAR, por intermedio de la Secretaria General de la Corte Constitucional, a (i) los Ministros de Ambiente y Desarrollo Sostenible; de Relaciones Exteriores y de Comercio, Industria y Turismo; (ii) los Directores de la Agencia Nacional de Hidrocarburos y la Agencia para la Reincorporacion y la Normalizacion; (iii) la Presidenta de la Jurisdiccion Especial para la Paz; y el Presidente de la Comision para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repeticion; (iv) el Alto Comisionado para la Paz; (v) el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos; y (vi) un representante de la Asociacion de Personeros del Catatumbo para que asistan a la Audiencia Publica convocada mediante Auto 634 de 2018.
  9. Octavo. ADVERTIR, por intermedio de la Secretaria General de la Corte Constitucional que, las cabezas de las entidades citadas, tanto en el Auto 634 de 2018 como en la presente providencia deben asistir a la Audiencia Publica y permanecer hasta el final de la diligencia con el fin de responder las preguntas que se formulen durante la misma. El incumplimiento de esta orden judicial, puede generar consecuencias juridicas31.
  10. Noveno. REITERAR, por intermedio de la Secretaria General de la Corte Constitucional que, cada uno de los intervinientes debe remitir al Despacho de la Magistrada Gloria Stella Ortiz Delgado, la respuesta a los elementos referidos en esta providencia y el citado Auto 634 de 2018, quince (15) dias calendario antes a la realizacion de la Audiencia. En aras de agilizar la remision de los informes, adicional al envio por correspondencia fisica, los mismo deberan remitirse al correo electronico desplazamientoforzado@corteconstitucional.gov.co.
  11. Decimo. MODIFICAR la agenda de la Audiencia Publica convocada mediante Auto 634 de 2018 y en su lugar, FIJAR la siguiente:
  12. AGENDA
  13. Registro de asistentes
  14. 7:30 a 8:00
  15. Instalacion. Magistrada Presidente de la Sala Especial de Seguimiento
  16. 8:00 a 8:10
  17. Intervenciones territoriales
  18. Representante de poblacion desplazada de la zona de El Catatumbo
  19. 8:10 a 8:20
  20. Gobernador de Norte de Santander
  21. 8:20 a 8:30
  22. Representante de poblacion desplazada de Medellin
  23. 8:30 a 8:40
  24. Alcalde de Medellin
  25. 8:40 a 8:50
  26. Representantes de la poblacion desplazada de El Litoral del San Juan
  27. 8:50 a 9:05
  28. Alcalde de El Litoral del San Juan
  29. 9:05 a 9:15
  30. Alcalde de Buenaventura
  31. 9:15 a 9:25
  32. Representante de la poblacion desplazada del Putumayo
  33. 9:25 a 9:35
  34. Gobernadora del Putumayo
  35. 9:35 a 9:45
  36. Representante de las comunidades afrodescendientes del Pacifico Narinense
  37. 9:45 a 9:55
  38. Representantes de los pueblos indigenas Awa y Eperara - Siapidaara
  39. 9:55 a 10:05
  40. Gobernador de Narino
  41. 10:05 a 10:15
  42. Intervencion del Gobierno Nacional
  43. Vicepresidenta de la Republica
  44. 10:15 a 10:25
  45. Ministra del Interior
  46. 10:25 a 10:40
  47. Sesion de preguntas
  48. 10:40 a 10:55
  49. Receso
  50. 10:55 a 11:10
  51. Intervenciones de los Organos de Control y FGN
  52. Procurador General de la Nacion
  53. 11:10 a 11:25
  54. Defensor del Pueblo
  55. 11:25 a 11:40
  56. Contralor General de la Republica
  57. 11:40 a 11:55
  58. Fiscalia General de la Nacion
  59. 11:55 a 12:10
  60. Intervencion de las Autoridades del Gobierno Nacional
  61. Director de la Unidad para las Victimas
  62. 12:10 a 12:30
  63. Director de la Unidad de Restitucion de Tierras
  64. 12:30 a 12:40
  65. Directora Departamento Nacional de Planeacion
  66. 12:40 a 12:50
  67. Intervenciones Mesa Nacional de Victimas
  68. Representante de la Mesa Nacional de Victimas
  69. 12:50 a 13:05
  70. Intervencion acompanantes permanentes
  71. Comision de Seguimiento a la Politica Publica del Desplazamiento Forzado
  72. 13:05 a 13:20
  73. Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados ACNUR
  74. 13:20 a 13:35
  75. Sesion de preguntas
  76. 13:35 a 13:50
  77. Cierre de la audiencia a cargo del Presidente de la Corte Constitucional
  78. 13:50 a 14:00
  79. Decimoprimero.- INFORMAR, a traves de la Secretaria General de esta Corporacion, a los Ministros y Directores citados en el Auto 634 de 2018 y en la presente providencia que, quince (15) dias calendario antes a la realizacion de la Audiencia, deberan indicar a esta Corporacion su nombre completo, documento de identidad y correo electronico, asi como el de la persona que lo asistira en la diligencia. Estos datos deberan ser remitidos al correo electronico desplazamientoforzado@corteconstitucional.gov.co. Se precisa que no podran asistir mas de un(a) (1) asesor(a) por entidad.
  80. Decimosegundo.- INFORMAR, a traves de la Secretaria General de esta Corporacion, a las instituciones invitadas a la Audiencia Publica convocada en el Auto 634 de 2018 que, quince (15) dias calendario antes a la realizacion de la Audiencia, deberan indicar a esta Corporacion el nombre completo, documento de identidad y correo electronico de la persona que asistira en representacion de la misma. Estos datos deberan ser enviados al correo electronico desplazamientoforzado@corteconstitucional.gov.co.
  81. Decimotercero.- MODIFICAR la orden novena del Auto 634 de 2018 y, en su lugar, DISPONER que la asistencia a la Audiencia requiere de previa inscripcion a traves de la pagina de la Corte Constitucional, la cual debera hacerse antes del quince (15) de noviembre del ano en curso. La validacion de la inscripcion estara sujeta a la capacidad de aforo de la Sala de Audiencias.
  82. Decimocuarto.- ORDENAR, por intermedio de la Secretaria General de la Corte Constitucional, al Director del Centro de Documentacion Judicial (CENDOJ) que, con el apoyo de Radio Television Nacional de Colombia (RTVC), disponga de los recursos necesarios para asegurar la transmision en directo de la Audiencia Publica convocada por el Auto 634 de 2018 para la television publica nacional.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.