A- de 2017
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Johanni Alejandro Granados Garcia·Demandado Secretaria Distrital De Movilidad De Bogota
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia del superior jerárquico
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Bogotá y el Juzgado Octavo Penal para Adolescentes del Circuito de la misma ciudad.
El conocimiento de la apelación formulada le correspondió al Juzgado Segundo Penal, el cual se declaró incompetente para el análisis del mismo al estimar que los juzgados especializados no son superiores jerárquicos funcionales de los juzgados penales municipales.
Concluye la Corte que el juez competente para conocer las impugnaciones interpuestas en sede de tutela es el superior jerárquico correspondiente de cada especialidad, esto es, aquel que de acuerdo con la jurisdicción y especialidad de la autoridad judicial ante la cual se surtió la primera instancia, funcionalmente funge como superior jerárquico.
Se dirime la controversia con la remisión del expediente al Juzgado Octavo Penal para Adolescentes del Circuito de Bogotá, para que de manera inmediata desate la impugnación presentada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 14 de noviembre de 2017 proferido por el Juzgado
- Octavo. Penal para Adolescentes del Circuito de Bogota, dentro de la accion de tutela instaurada por el senor Johanni Alejandro Granados Garcia contra la Secretaria Distrital de Movilidad de Bogota.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-3113 al Juzgado
- Octavo. Penal para Adolescentes del Circuito de Bogota que contiene la accion de tutela presentada por el senor Johanni Alejandro Granados Garcia para que, de manera inmediata, desate la impugnacion presentada.
- Tercero. Por la Secretaria General de la Corte Constitucional, COMUNICAR a las partes y al Juzgado
- Segundo. Penal del Circuito Especializado de Bogota, la decision adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.