A- de 2025
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Demandante Patrimonio Autonomo Del Fondo De Finaciamiento Para La Ciencia La Tecnologia Y La Innovacion Francisco Jose De Caldas·Demandado Uribe Sauza Jose Joaquin
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Controversias alrededor de contratos en los que intervengan patrimonios autónomos constituidos por transferencia de recursos del Estado
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado 012 Civil del Circuito de Bucaramanga y el Juzgado 014 Administrativo Oral del Circuito Judicial de esta misma ciudad, causado por un proceso declarativo verbal de responsabilidad contractual iniciado por la Fiduciaria la Previsora S.A-, que actúa como vocera y administradora del Patrimonio Autónomo Fondo Nacional de Financiamiento para la Ciencia, la Tecnología y la Innovación Fondo Francisco José de Caldas, contra un ciudadano, para que se declare la existencia de un contrato celebrado entre las partes y su incumplimiento, y, se ordene el pago de los valores causados.
Cumplidos los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena encuentra que la demandante tiene la calidad de sociedad comercial, pero en este caso funge como vocera de un Patrimonio Autónoma, cuyos recursos son de naturaleza pública con destinación específica, como se desprende del contrato de fiducia mercantil entre el Patrimonio y la Previsora.
La sala reitera la regla del Auto 758/24 según la cual, de conformidad con el numeral 2 y el parágrafo del artículo 104 del CPACA, la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo conocerá de los procesos relativos a los contratos en los que intervengan patrimonios autónomos que sean constituidos en su mayoría con recursos públicos, o haya evidencia de que así es, independientemente de la naturaleza jurídica de la sociedad o entidad público financiera que ejerza su administración y vocería.
Esto, en atención a que los patrimonios autónomos son la parte del proceso que tiene relación con las obligaciones contractuales objeto de discusión.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el presente conflicto negativo de competencia entre el Juzgado 012 Civil del Circuito de Bucaramanga y el Juzgado 014 Administrativo Oral del Circuito Judicial de esta misma ciudad en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado 014 Administrativo Oral del Circuito Judicial de Bucaramanga conocer el proceso judicial promovido por la Fiduciaria la Previsora S.A, en su calidad de vocera y administradora del Patrimonio Autónomo Fondo Nacional de Financiamiento para la Ciencia, la Tecnología y la Innovación Fondo Francisco José de Caldas, contra el señor José Joaquín Uribe Sauza.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-6486 al Juzgado 014 Administrativo Oral del Circuito Judicial de Bucaramanga, para lo de su competencia, y para que comunique esta decisión al Juzgado 012 Civil del Circuito de Bucaramanga y a los interesados en este trámite.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.