Micelio
Auto4 de mayo de 2023

A- de 2023

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Franco Morales Julio Enrique·Demandado Institucion De Educacion Superior Unidad Central Del Valle Uceva

Tema · dato duro
Controversia Sobre La Legalidad De Actos Y Pago De Honorarios Por La Suscripción Y Terminación De Contratos De Prestación De Servicios De Carácter Estatal.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Controversias sobre la legalidad de actos y pago de honorarios por la suscripción y terminación de contratos de prestación de servicios de carácter estatal
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Tuluá (Valle) y el Juzgado Primero Administrativo Oral del Circuito Judicial de Guadalajara de Buga (Valle).

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda laboral que interpuso un ciudadano en contra de la Institución Educativa Superior Unidad Central del Valle pretendiendo, entre otras cosas, que la entidad lo reintegre a un cargo igual o de la misma categoría al que venía desempeñando al momento de la desvinculación y en las mismas condiciones en que fue contratado inicialmente.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones se reiteró la regla de decisión de los Autos 379, 492 y 901 del 2021, mediante la cual se estableció que : la jurisdicción de lo contencioso administrativo es la competente para decidir las controversias que (i) suponen verificar la legalidad de la actuación de una entidad pública y (ii) pretenden el pago de honorarios dejados de percibir con ocasión de la terminación de un contrato de prestación de servicios de carácter estatal, sin que necesariamente se solicite el reconocimiento de una relación laboral con la entidad pública.

Lo anterior, de conformidad con el artículo 104.2 del CPACA.

Con base en lo anterior se remitió el expediente al Juzgado Primero Administrativo Oral del Circuito Judicial de Guadalajara de Buga para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al otro operador jurídico involucrado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
  2. Primero. Laboral del Circuito de Tuluá (Valle del Cauca) y el Juzgado
  3. Primero. Administrativo Oral del Circuito Judicial de Guadalajara de Buga (Valle del Cauca), en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
  4. Primero. Administrativo Oral del Circuito Judicial de Guadalajara de Buga (Valle del Cauca) es la autoridad competente para conocer la demanda instaurada por Julio Enrique Franco Morales en contra de la Institución de Educación Superior Unidad Central del Valle (UCEVA).
  5. Segundo. REMITIR el expediente CJU-2421 al Juzgado
  6. Primero. Administrativo Oral del Circuito Judicial de Guadalajara de Buga (Valle del Cauca) para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado
  7. Primero. Laboral del Circuito de Tuluá (Valle del Cauca).
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.