A- de 2022
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Incumplimiento del presupuesto subjetivo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de la Apartada (Córdoba) y el Tribunal de Justicia Propia de Zenú Cacique Mexión.
La controversia entre las precitadas autoridades tuvo su origen en una investigación penal adelantada en contra de un ciudadano por el delito de acceso carnal violento con menor de catorce años, presuntamente cometido cuando era gobernador del cabildo indígena Zenú de Tierra Santa de Montelíbano (Córdoba).
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte encontró que no se acreditó el primero, toda vez que no existe controversia efectiva entre dos autoridades judiciales que reclamen para sí o nieguen la competencia frente al asunto en cuestión.
Con base en lo anterior, la Sala Plena de la Corporación se declaró INHIBIDA para emitir pronunciamiento y dispuso el envío del expediente al Juzgado Primero Promiscuo Municipal de la Apartada, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a la autoridad indígena involucrada, así como al representante de las víctimas y demás intervinientes dentro del proceso.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre la controversia planteada frente a la competencia dentro de la causa penal referida en el expediente CJU-1468.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-1468 al Juzgado
- Primero. Promiscuo Municipal de la Apartada, Córdoba, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Tribunal de Justicia Propia de Zenú Cacique Mexión, así como al representante de las víctimas y demás intervinientes dentro del proceso.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.