Micelio
Auto17 de septiembre de 2021

A- de 2021

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Tema · dato duro
Acción De Nulidad De Acto Administrativo Sobre Restitución De Aportes A Salud.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto Negativo De Competencia Entre Jurisdicciones
  • Contencioso Administrativo Laboral y Ordinaria Laboral
Nulidad De Actos Administrativos Sobre Restitucion De Aportes A Salud
  • Competencia de la Jurisdicción Contencioso Administrativa
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 10º Administrativo Oral de Medellín y el Juzgado 1º Laboral del Circuito de la misma ciudad.

La controversia entre los precitados despachos se originó en el trámite de una acción de nulidad y restablecimiento del derecho interpuesta por la E.P.S.

Suramericana en contra de Colpensiones, para que se declarara la nulidad de los actos administrativos que le ordenaron la devolución de recursos correspondientes a contribuciones parafiscales.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, estableció la Corte que el asunto debe ser resuelto por el Juzgado 10º Administrativo Oral de Medellín.

Esto, en aplicación de la regla que establece que, en los eventos en los que se acuda ante la jurisdicción para solicitar la nulidad de actos administrativos proferidos por Colpensiones, que tengan por objeto ordenar a una entidad promotora de salud (EPS) la restitución de aportes a salud, será la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo la competente para conocer del asunto.

Se ordena la remisión del expediente al precitado despacho para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al otro operador jurídico.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 10º Administrativo Oral de Medellín y el Juzgado 1º Laboral del Circuito de Medellín y DECLARAR que el Juzgado 10º Administrativo Oral de Medellín es la autoridad competente para conocer de la demanda presentada por la EPS SURAMERICANA S.A contra Colpensiones.
  2. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-612 al Juzgado 10º Administrativo Oral de Medellín para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado 1º Laboral del Circuito de Medellín.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.