A- de 2017
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Rafael Silvestre Antonio Aponte Martinez·Demandado Ministerio De Justicia Y Del Derecho Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- No puede alterarse la competencia de la acción de tutela pues se afectaría la protección inmediata de los derechos fundamentales
- Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Tribunal Administrativo del Atlántico, Sala de Decisión Oral, Sección B y el Tribunal Superior de Valledupar Sala Civil-Familia y Laboral.
Considera la Corte que a pesar de que los dos despachos involucrados en la controversia tienen competencia para conocer la acción de tutela formulada, en el presente caso opera el conocimiento a prevención, esto es, que asume su trámite aquel al que primero se le haya radicado el proceso.
Se dirime el asunto con la remisión del expediente al Tribunal Administrativo precitado, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto de 9 de agosto de 2017, proferido por el Tribunal Administrativo del Atlántico, Sala de Decisión Oral, Sección B, dentro de la acción de tutela instaurada por el accionante Rafael Silvestre Antonio Aponte Martínez contra el Presidente de la República, el Ministro de Justicia y Derecho y el Fiscal General de la Nación.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-3094 al Tribunal Administrativo del Atlántico, Sala de Decisión Oral- Sección B, para que, de manera inmediata, tramite y resuelva la acción de tutela interpuesta por el señor Rafael Silvestre Antonio Aponte Martínez contra el Presidente de la República, el Ministro de Justicia y Derecho y el Fiscal General de la Nación.
- TERCERO. Por la Secretaría General de esta Corporación, COMUNICAR a las partes y al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar, Sala Civil- Familia- Laboral, de la decisión adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.