A- de 2017
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Dora Ines Castro Delgadillo Y Otros·Demandado Personeria De Chiquinquira Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Previene para que no se desconozca la competencia a prevención
- Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Primero Penal del Circuito para Adolescentes con Funciones de Conocimiento de Chiquinquirá y el Juzgado Segundo Penal Municipal de la misma ciudad.
El primer despacho mencionado tomó las reglas de reparto contenidas en el Decreto 1069 de 2015 para declararse incompetente y no pronunciarse de fondo, con lo cual afectó la celeridad y eficacia en la administración de justicia, así como la protección de los derechos fundamentales invocada por los accionantes.
Se dirime la controversia con la remisión del expediente a dicha autoridad, para que de forma inmediata inicie el trámite y profiera la decisión de fondo que corresponda.
Se previene a la misma para que en lo sucesivo decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (8 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 14 de agosto de 2017 proferido por el Juzgado
- Primero. Penal del Circuito para Adolescentes con Funciones de Conocimiento de Chiquinquirá, mediante el cual se declaró sin competencia para conocer de la acción de tutela presentada por los señores Dora Inés Castro Delgadillo, Edilberto Moreno y otros contra la Alcaldía, la Secretaría de Salud, la Secretaría de Infraestructura, la Personería, todas de Chiquinquirá y Empochiquinquirá E.S.P.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-3092 al Juzgado
- Primero. Penal del Circuito para Adolescentes con Funciones de Conocimiento de Chiquinquirá, para que, de manera inmediata, tramite y profiera la decisión de fondo respecto del amparo solicitado.
- Tercero. PREVENIR al Juzgado
- Primero. Penal del Circuito para Adolescentes con Funciones de Conocimiento de Chiquinquirá, para que, en lo sucesivo, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
- Cuarto. Por la Secretaría General de la Corporación, COMUNICAR a las partes y al Juzgado
- Segundo. Penal Municipal de Chiquinquirá, la decisión adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.