Micelio
Auto8 de septiembre de 2021

A- de 2021

Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar

Tema · dato duro
Acción De Lesividad Promovida Por Colpensiones Contra Acto Administrativo Que Concedió Prestación Pensional.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto Negativo De Competencia Entre Jurisdicciones
  • Contencioso Administrativo Laboral y Ordinaria Laboral
Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre jurisdicciones suscitado por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Atlántico, Sección C y el Juzgado 8 Laboral del Circuito de Barranquilla (Atlántico).

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en una acción de nulidad y restablecimiento del derecho interpuesta por Colpensiones en contra de una resolución propia, mediante la cual reconoció la pensión de invalidez y el retroactivo pensional de esta prestación, a uno de sus afiliados.

La Corte verificó el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones y resolvió el asunto siguiendo la regla de decisión adoptada en el Auto 316/21, reiterada en los Autos 437 y 384 de 2021 entre otros, según la cual se determinó que las entidades públicas deben acudir a la jurisdicción de lo contencioso administrativo, siempre que el objeto de la litis verse sobre sobre la nulidad de su propio acto, aun cuando éste defina asuntos de derecho laboral y de la seguridad social.

Lo anterior, conforme a la cláusula especial contenida en el artículo 97 de CPACA, que establece la competencia exclusiva a la precitada jurisdicción para conocer de las acciones de lesividad.

Lo anterior, en concordancia con la cláusula de competencia general establecida el artículo 104 ibídem, que sostiene que la jurisdicción de lo contencioso administrativo conocerá de las controversias o litigios originados en actos, contratos, hechos, entre otros.

Con base en lo anterior se ordena remitir el expediente al Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Atlántico, Sección C, para que adelante las funciones de su competencia y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Atlantico, Seccion C, y el Juzgado 8 Laboral del Circuito de Barranquilla, en el sentido de DECLARAR que el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Atlantico, Seccion C, es la autoridad competente para conocer del proceso promovido por Colpensiones.
  2. Segundo. Por Secretaria General, REMITIR el expediente CJU-851 al Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Atlantico, Seccion C, para que adelante las funciones de su competencia, y para que comunique al Juzgado 8 Laboral del Circuito de Barranquilla y a los sujetos procesales e interesados dentro del tramite judicial correspondiente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.