Micelio
Auto11 de mayo de 2022

A- de 2022

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Guillermo Prada·Demandado Agencia Nacional De Infraestructura

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Factor Territorial
  • Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre los Juzgados Primero Administrativo del Circuito de Girardot, Octavo Administrativo del Circuito de Ibagué y Primero Civil del Circuito de Espinal.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en las diferentes interpretaciones del factor territorial.

Al revisar el asunto concluyó la Corte que el juzgado que tiene la competencia para tramitar la acción de tutela de la referencia es el Primero Administrativo del Circuito de Girardot, a donde se ordena remitir el expediente de manera inmediata, para que continúe con el trámite y profiera decisión de fondo a que haya lugar.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS los Autos proferidos el 10 y 15 de marzo de 2022 por el Juzgado
  2. Primero. Administrativo del Circuito de Girardot, dentro del expediente ICC-4167.
  3. SEGUNDO. REMITIR al Juzgado
  4. Primero. Administrativo del Circuito de Girardot, el expediente ICC-4167 para que, de manera inmediata, continúe con el trámite y profiera decisión de fondo respecto de la tutela presentada por Guillermo Prada en contra de la Agencia Nacional de Infraestructura -ANI- y el Concesionario Vía 40 Express S.A.S.
  5. TERCERO. ORDENAR que, por Secretaría General, se comunique la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante y a los Juzgados
  6. Octavo. Administrativo del Circuito de Ibagué y
  7. Primero. Civil del Circuito de Espinal.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.