Micelio
Auto3 de octubre de 2018

A- de 2018

Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez

Demandante Gerardo Gil Montoya·Demandado Cnsc Y Otro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Reparto De Acciones De Tutela Masivas
  • Decreto 1834 de 2015
  • Las tutelas que presenten unidad de objeto, causa y parte pasiva serán repartidas al mismo despacho judicial
Conflicto De Competencia Aparente
  • Inobservancia de reglas de reparto y trámite de la acción de tutela
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia entre el Juzgado Séptimo Administrativo del Circuito de Manizales y el Juzgado Primero Penal del Circuito de la misma ciudad.

El Juzgado Administrativo determinó que no era competente para resolver el recurso de amparo presentado en contra de la Comisión Nacional del Servicio Civil y de la Universidad Manuela Beltrán con base en una interpretación errada de los criterios de reparto fijados en el Decreto 1834 de 2015 para el trámite de las acciones de tutela masivas.

Teniendo en cuenta que la solicitud de amparo formulada no cumple los requisitos para ser catalogada como un caso de tutela masiva, la Corte considera que el Juzgado Séptimo Administrativo del Circuito de Manizales es el competente para resolverla, teniendo en cuenta que fue la primera autoridad a la que se repartió el asunto.

Se dispone enviar el expediente a dicha autoridad, para que de manera inmediata tramite y profiera la decisión de fondo que corresponda.

De otra parte, se le hace una advertencia para que en adelante observe estrictamente la jurisprudencia de Corte Constitucional relacionada con los criterios que determinan la aplicación de las reglas de reparto de acciones de tutela masivas.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (8 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 10 de julio de 2018 proferido por el Juzgado
  2. Septimo. Administrativo del Circuito de Manizales, dentro del proceso de la referencia.
  3. Segundo. REMITIR el expediente ICC-3455, que contiene la accion de tutela formulada por Gerardo Giraldo Montoya en contra de la Comision Nacional del Servicio Civil y de la Universidad Manuela Beltran, al Juzgado
  4. Septimo. Administrativo del Circuito de Manizales para que, de manera inmediata, tramite y profiera una decision de fondo en el asunto de la referencia.
  5. Tercero. ADVERTIR al Juzgado
  6. Septimo. Administrativo del Circuito de Manizales, que en adelante debera observar estrictamente la jurisprudencia de esta Corporacion relacionada con los criterios que determinan la aplicacion de las reglas de reparto de acciones de tutela masivas.
  7. Cuarto. Por la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR la decision adoptada en esta providencia al accionante y al Juzgado
  8. Primero. Penal del Circuito de Manizales.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.