A- de 2018
Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Demandante Fabian Alberto Orjuela Melo·Demandado Secretaria De Transito Y Transporte De Puerto Colombia
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto
- Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Tercero Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Tunja y el Juzgado Promiscuo Municipal de Puerto Colombia (Atlántico).
La controversia se generó en torno a las diferentes interpretaciones que del factor territorial hicieron los despachos judiciales involucrados.
Teniendo en cuenta que ambas autoridades tienen competencia territorial para decidir la acción de tutela formulada, la Corte considera que el despacho judicial de la ciudad de Tunja es el competente para tramitarla.
Esto, respetando la elección que a prevención hizo el actor.
Se dispone enviar el expediente a dicha juzgado para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 11 de julio de 2018, proferido por el Juzgado
- Tercero. Penal Municipal con Funcion de Control de Garantias de Tunja, dentro de la accion de tutela formulada por el senor Fabian Alberto Orjuela Melo en contra de la Secretaria Municipal de Transito y Transporte de Puerto Colombia (Atlantico).
- SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-3449, al Juzgado
- Tercero. Penal Municipal con Funcion de Control de Garantias de Tunja para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a la que haya lugar.
- TERCERO. Por intermedio de la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR al accionante y al Juzgado Promiscuo Municipal de Puerto Colombia (Atlantico), la decision adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.