Micelio
Auto5 de diciembre de 2019

A- de 2019

Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado

Demandante Mateo Zapata Delgado·Demandado Ecopetrol S..A

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia En Tutela
  • Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto
Factor Territorial
  • Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Cuarto Civil Municipal de Barrancabermeja (Santander) y el Juzgado Veinticinco Civil de Oralidad de Medellín.

La controversia entre las autoridades judiciales involucradas se generó en torno a las diferentes interpretaciones del factor territorial.

Teniendo en cuenta que ambas autoridades son competentes para decidir la acción de tutela formulada, la Corte decidió dar prevalencia a la elección que la empresa accionante hizo a prevención y, por ello, dispuso enviar el expediente al Juzgado Cuarto Civil Municipal de Barrancabermeja, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a la que haya lugar.

Al juzgado de Medellín se le advierte que, siempre que se considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550/18.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el 8 de octubre de 2019 por el Juzgado
  2. Cuarto. Civil Municipal de Barrancabermeja dentro del proceso de tutela promovido por el apoderado judicial de ECOPETROL S.A. contra la Inspeccion de Transito y Transporte de Barrancabermeja.
  3. SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-3773 al Juzgado
  4. Cuarto. Civil Municipal de Barrancabermeja para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a la que haya lugar.
  5. TERCERO. ADVERTIR al Juzgado Veinticinco Civil de Oralidad de Medellin que, siempre que se considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550 de 2018.
  6. CUARTO. Por intermedio de la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR al accionante y al Juzgado Veinticinco Civil de Oralidad de Medellin la decision adoptada en esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.