Auto 632/22
Referencia: sentencia C-125 de 2022.
Asunto: ampliación de términos para firma de sentencia.
Magistrado sustanciador:
JOSÉ FERNANDO REYES CUARTAS
Bogotá, D.C., cuatro (4) de mayo de dos mil veintidós (2022).
La Sala Plena de la Corte Constitucional, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial aquellas que le concede el Decreto ley 2067 de 1991 y el artículo 36 del Reglamento Interno (Acuerdo 02 de 2015), profiere la presente providencia, atendiendo las siguientes
Consideraciones
1. El 07 de abril de 2022, la Sala Plena de este tribunal adoptó una decisión de fondo en el expediente Lat-471.
2. El Reglamento Interno de la Corte en el artículo 34[1] inciso final establece que cuando como consecuencia de las deliberaciones hayan de efectuarse ajustes a la ponencia, el magistrado sustanciador dispondrá de diez (10) días para depositar en la Secretaría el texto definitivo, disposición que se ve complementada con el artículo 36[2] inciso segundo, ibídem, que señala las providencias deben ser firmadas en un término máximo de quince días contado desde el momento en que se dio a conocer a la opinión pública el sentido del fallo, salvo que el magistrado ponente justifique ante la Sala Plena su ampliación, por razones vinculadas con cambios sustanciales al proyecto original. En este último caso, la recolección de firmas, no podrá superar un término adicional de treinta días.
3. En atención a la solicitud del magistrado sustanciador del día 28 de abril de 2022, que conforme a la preceptiva referida en su interpretación conjunta faculta la ampliación del término por el máximo requerido, lo cual encuentra justificación en los ajustes que se deben efectuar al proyecto de sentencia inicial, particularmente por los cambios sustanciales a introducirse producto de las deliberaciones al interior de la corporación, la Sala Plena encuentra justificado ampliar el término de diez (10) días contenido en el inciso final del artículo 34 del Reglamento, por un término adicional de 15 días, prorrogable por 30 días más.
En mérito de lo expuesto, la Sala Plena de la Corte Constitucional
Resuelve:
AMPLIAR en quince (15) días el término para la recolección de las firmas de la sentencia C-125 de 2022 (Lat-471), prorrogable por treinta (30) días adicionales.
Cúmplase,
CRISTINA PARDO SCHLESINGER
Presidenta
NATALIA ÁNGEL CABO
Magistrada
DIANA FAJARDO RIVERA
Magistrada
JORGE ENRIQUE IBAÑEZ NAJAR
Magistrado
ALEJANDRO LINARES CANTILLO
Magistrado
ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
Magistrado
Ausente con excusa
PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
Magistrada
GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
Magistrada
JOSÉ FERNANDO REYES CUARTAS
Magistrado
MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
Secretaria General