Micelio
Auto22 de noviembre de 2017

A- de 2017

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Jaime Alonso Quintero Arbelaez·Demandado Uariv

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia Aparente
  • Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Once de Familia de Oralidad de Bogotá y el Juzgado Catorce Administrativo Oral de la misma ciudad.

En este caso se configuró un conflicto aparente de competencia toda vez que el juzgado de Familia tomó las reglas de reparto contenidas en el Decreto 1382 de 2000 para declararse incompetente y no pronunciarse de fondo.

La Corte recuerda que con esta clase de actuaciones se afecta la celeridad y eficacia en la administración de justicia, así como la protección a los derechos fundamentales del accionante.

Se dirime la controversia con la remisión del expediente al Juzgado Once de Familia de Oralidad de Bogotá, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 18 de septiembre de 2017 proferido por el Juzgado Once de Familia de Oralidad de Bogotá dentro del expediente ICC-3077.
  2. SEGUNDO. REMITIR al Juzgado Once de Familia de Oralidad de Bogotá el expediente ICC-3077 para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar dentro de la acción de tutela interpuesta por Jaime Alonso Quintero Arbeláez contra la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas - UARIV.
  3. TERCERO. ORDENAR que por Secretaría General se comunique la decisión adoptada en esta providencia a las partes y al Juzgado Catorce Administrativo Oral de Bogotá, Sección Segunda.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.