A- de 2024
Ponente Juan Carlos Cortés González
✓Demandante Caja Promotora De Vivienda Militar Y De Policia·Demandado Rojas Trujillo Oscar Andres
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Controversias contractuales y extracontractuales con entidades públicas del sector financiero, siempre que la actividad corresponda al giro ordinario de sus negocios
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Fundación, Magdalena, y el Juzgado Once Administrativo de Santa Marta.
La causa que origina la controversia consiste en la presentación de una demanda verbal de reintegro de subsidio por parte de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía, en contra de un ciudadano, con la que solicita la restitución de la suma reconocida y pagada al demandado por concepto del subsidio de vivienda, por considerar que lo adquirido por el accionado no fue una construcción de vivienda de uso residencial sino un lote.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena emite la regla de decisión según la cual, la jurisdicción ordinaria, en su especialidad civil, es la competente para conocer de las controversias que involucren a entidades públicas del sector financiero, vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia y surgidas con ocasión del giro ordinario de sus negocios, de acuerdo con la excepción dispuesta por el artículo 105 de la Ley 1437 de 2011 y la consecuente aplicación de la cláusula residual de competencia, de que trata el artículo 15 del Código General del Proceso y el artículo 2.° de la Ley 270 de 1996.
Ello, en reiteración de lo establecido en Auto 766 de 2023.
La Corte asigna a dicha jurisdicción el conocimiento del caso y resuelve remitir el expediente al Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Fundación, Magdalena, para lo de su competencia, y para que comunique la presente providencia al Juzgado Once Administrativo de Santa Marta y a los interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el presente conflicto de competencia entre jurisdicciones y, en consecuencia, DECLARAR que corresponde al Juzgado
- Primero. Promiscuo Municipal de Fundación, Magdalena, conocer la demanda promovida por la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía en contra de Óscar Andrés Rojas Trujillo.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-5028 al Juzgado
- Primero. Promiscuo Municipal de Fundación, Magdalena, para lo de su competencia, y para que comunique la presente providencia al Juzgado Once Administrativo de Santa Marta y a los interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.