Micelio
Auto26 de abril de 2023

A- de 2023

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Unidad Para La Atencion Y Reparacion Integral A Las Victimas·Demandado Gomez Barbosa Clara Cecilia

Tema · dato duro
Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil-Asuntos No Atribuidos Por Ley A Otras Jurisdicciones
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil
  • Asuntos no atribuidos por ley a otras jurisdicciones
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Treinta y Uno Civil del Circuito de Bogotá y el Juzgado Sesenta Administrativo del Circuito, Sección Tercera, de la misma ciudad.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda de restitución de restitución de tenencia de bien inmueble secuestrado que interpuso la UARIV en contra de una ciudadana.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones concluyó la Corte que el Juzgado Treinta y Uno Civil del Circuito de Bogotá, es la autoridad competente para conocer del presente asunto, porque la entidad estatal demandante pretende la restitución de un bien inmueble de su propiedad, sin que, prima facie, medie relación contractual entre las partes, ni esté involucrado el ejercicio de una función administrativa.

Con base en lo anterior se remite el expediente a dicha autoridad para que, de manera inmediata, proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al otro operador jurídico involucrado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Treinta y Uno Civil del Circuito de Bogotá y el Juzgado Sesenta Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Tercera y DECLARAR que el Juzgado Treinta y Uno Civil del Circuito de Bogotá es la autoridad competente para conocer de la demanda presentada por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas en contra de la señora Clara Cecilia Gómez Barbosa.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-2578 al Juzgado Treinta y Uno Civil del Circuito de Bogotá para que, de manera inmediata, proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado Sesenta Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Tercera.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.