A- de 2021
Ponente Alberto Rojas Ríos
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia de la Jurisdicción Contencioso Administrativa
- Naturaleza y régimen jurídico
- Contencioso Administrativo Laboral y Ordinaria Laboral
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Quinto Administrativo Oral del Circuito de Popayán y el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de la misma ciudad.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en una demanda formulada, en ejercicio del medio de control de reparación directa, por la Sociedad C&M Quirúrgicos Ltda, en contra de una Empresa Social del Estado, por el hecho administrativo que ocasionó un enriquecimiento de ésta última empresa y el correlativo empobrecimiento de la primera, por los dineros adeudados por el suministro de material de osteosíntesis.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte concluyó que, de acuerdo con el inciso 1° del artículo 104 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 194 de la ley 100 de 1993, a la jurisdicción de lo contencioso administrativo le corresponde conocer los asuntos en los cuales se pretende declarar administrativamente responsable a las ESE por los perjuicios que causen en el marco de sus actos, contratos, hechos, omisiones y operaciones.
Con base en lo anterior dispuso el envío del expediente al el Juzgado Quinto Administrativo Oral del Circuito de Popayán para que continúe con el trámite del referido proceso y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico y a los demás interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre la jurisdiccion de lo contencioso administrativa (Juzgado
- Quinto. Administrativo Oral del Circuito de Popayan) y la jurisdiccion ordinaria, en la especialidad laboral (Juzgado
- Tercero. Laboral del Circuito de Popayan), en el sentido de DECLARAR que corresponde a la jurisdiccion de lo contencioso administrativa conocer la demanda formulada, en ejercicio del medio de control de reparacion directa, por la Sociedad C&M Quirurgicos Ltda. contra la ESE Hospital Susana Lopez de Valencia.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-696 al Juzgado
- Quinto. Administrativo Oral del Circuito de Popayan, para que continue con el tramite del proceso radicado con el numero 190013333005 2018 00028 00 y comunique esta decision al Juzgado
- Tercero. Laboral del Circuito de Popayan y demas interesados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.