Micelio
Auto27 de noviembre de 2019

A- de 2019

Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera

Demandante Orlando Quintero Garcia·Demandado Barbara Liliana Talero Ortiz

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto Negativo De Competencia Aparente
  • Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
Conflicto De Competencia En Tutela
  • Los únicos factores de competencia en materia de tutela son el territorial, el subjetivo y el funcional
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre dos magistrados del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga (Valle del Cauca).

La controversia entre las autoridades judiciales se presentó en torno al reparto de la impugnación del fallo de primera instancia, que negó la reapertura del trámite de una acción de tutela decidida en el año 2015.

Teniendo en cuenta que los magistrados que propusieron el conflicto pertenecen a la misma autoridad colegiada, la cual tiene competencia como un todo, considera la Corte que no existe debate entre dos autoridades judiciales respecto a la competencia para conocer de una solicitud de amparo.

Se resuelve el asunto con la remisión del expediente al profesional al que le fue asignado el expediente según reparto efectuado internamente en el referido Tribunal, esto es, a la doctora Bárbara Liliana Talero Ortiz, de la Sala Civil-Familia. a los dos magistrados que propusieron la controversia que, en lo sucesivo, se abstengan de argumentar su falta de competencia, plantear conflictos de competencia o abstenerse de conocer un proceso de tutela con fundamento en reglas de reparto y, por lo tanto, decidan conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS los Autos del 23 de septiembre de 2019 y del 8 de octubre de 2019, proferidos por la magistrada Barbara Liliana Talero Ortiz de la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga (Valle del Cauca), dentro del tramite de la accion de tutela presentada por Liliana Quijano Morales contra el Patrimonio Autonomo de Remanentes Telecom y Teleasociadas en Liquidacion - PAR.
  2. Segundo. REMITIR el expediente ICC-3769 a la magistrada Barbara Liliana Talero Ortiz de la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga (Valle del Cauca) para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a que haya lugar.
  3. Tercero. ADVERTIR a la magistrada Barbara Liliana Talero Ortiz y al magistrado Orlando Quintero Garcia de la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga (Valle del Cauca) que, en lo sucesivo, se abstengan de argumentar su falta de competencia, plantear conflictos de competencia o abstenerse de conocer un proceso de tutela con fundamento en reglas de reparto y, por lo tanto, decidan conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el proposito de eliminar las barreras en el acceso a la administracion de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
  4. Cuarto. Por la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR la decision adoptada en esta providencia a las partes y al magistrado Orlando Quintero Garcia de la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga (Valle del Cauca).
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.