Micelio
Auto26 de septiembre de 2018

A- de 2018

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Ever Manuel Garcia Perez·Demandado Reciclene S.A.

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Cuarto Civil Municipal de Bogotá y el Juzgado Promiscuo Municipal de Tocancipá.

La controversia se generó por las diferentes interpretaciones que del factor territorial hicieron los despachos involucrados.

Considera la Corte que la autoridad llamada a pronunciarse respecto de la acción de tutela es el del municipio de Tocancipá, por cuanto allí es donde se produjo la vulneración de los derechos fundamentales invocados por el actor.

Se remite el expediente al Juzgado Promiscuo Municipal de esa entidad territorial, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 8 de junio de 2018 proferido por el Juzgado Promiscuo Municipal de Tocancipa mediante el cual se declaro sin competencia para conocer de la accion de tutela presentada por el senor Ever Manuel Garcia Perez contra la empresa RECICLENE SA.
  2. Segundo. REMITIR el expediente ICC 3432 al Juzgado Promiscuo Municipal de Tocancipa, que contiene la accion de tutela presentada por el senor Ever Manuel Garcia Perez para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a que haya lugar.
  3. Cuarto. Por la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR a la parte actora y al Juzgado
  4. Cuarto. Civil Municipal de Bogota, la decision adoptada en esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.