Micelio
Auto13 de mayo de 2025

A- de 2025

Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera

Demandante Suministro Superiores Del Caribe Sas·Demandado Ese Hospital San Juan De Sahagun

Tema · dato duro
Proceso Ejecutivo Por Sumas De Dinero Promovido Contra Entidad Pública-Incertidumbre Sobre El Contrato Estatal Que Originó La Obligación Entre Las Partes.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Procesos ejecutivos dirigidos en contra de entidades públicas sin certeza de existencia de contrato estatal como causa del título a ejecutar
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre el Juzgado Civil del Circuito de Sahagún, Córdoba, y el Juzgado 003 Administrativo Oral del Circuito Judicial de Montería, Córdoba, suscitado por una demanda ejecutiva de mayor cuantía presentada por Suministros Superiores del Caribe S.A.S., contra la E.S.E.

Hospital San Juan de Sahagún, Córdoba, con miras a que se libre mandamiento de pago por el valor contenido en unas facturas originadas en el suministro de materiales, elementos e insumos médicos, entre otros conceptos.

Cumplidos los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena indica que la demandante pretende la ejecución de con fundamento en unas facturas de suministro de insumos y elementos médicos, no con base en facturas de prestación de servicios de salud.

No se cuenta con elementos de juicio suficientes para determinar la existencia o inexistencia de algún contrato estatal del cual se deriven las facturas objeto de ejecución, por lo que considera que la competencia, en el presente asunto, le corresponde a la jurisdicción de lo contencioso administrativo, en reiteración de la regla de decisión de los autos 553/22 y 2728/23, en los que se determinó la competencia de dicha jurisdicción para conocer sobre procesos ejecutivos promovidos contra entidades públicas como las Empresas Sociales del Estado, en los casos en los que el juez del conflicto no tenga certeza sobre la existencia o inexistencia de un contrato estatal que pudiere ser la causa del título que se pretende ejecutar, según lo establecido en la cláusula general de competencia del artículo 104 del CPACA

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Civil del Circuito de Sahagún, Córdoba, y el Juzgado 003 Administrativo Oral del Circuito Judicial de Montería, Córdoba, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 003 Administrativo Oral del Circuito Judicial de Montería, Córdoba, es la autoridad competente para conocer la demanda promovida por Suministros Superiores del Caribe S.A.S. contra la E.S.E. Hospital San Juan de Sahagún, Córdoba.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-6391 al Juzgado 003 Administrativo Oral del Circuito Judicial de Montería, Córdoba, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los sujetos procesales interesados en el trámite y al Juzgado Civil del Circuito de Sahagún, Córdoba.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.