Micelio
Auto9 de noviembre de 2017

A- de 2017

Ponente Carlos Libardo Bernal Pulido

Demandante Eduardo Perdomo Barrios·Demandado Juzgado 31 Civil Municipal De Bogota Y Otros

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia Aparente
  • Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura y las Salas Civil y Laboral de la Corte Suprema de Justicia.

Las tres autoridades judiciales involucradas en la controversia invocaron disposiciones del Decreto 1382 de 2000 como fuente de su incompetencia para tramitar y decidir la acción de tutela formulada.

La Corte considera que el competente para resolver la solicitud de amparo es aquel despacho a quien se repartió en primer término, esto es, al Consejo Superior de la Judicatura.

Se dispone enviar el expediente a dicha Corporación, para que de forma inmediata le imparta el trámite y profiera la decisión de fondo que corresponda.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 8 de septiembre de 2017 proferido por el Consejo Superior de la Judicatura, Sala Jurisdiccional Disciplinaria, mediante el cual se declaro incompetente para conocer de la accion de tutela presentada por Eduardo Perdomo Barrios contra el Juzgado 31 Civil Municipal de Bogota, el Juzgado 13 Civil del Circuito de Bogota, la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogota y la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia.
  2. Segundo. REMITIR, por competencia, el expediente ICC-3070 al Consejo Superior de la Judicatura, Sala Jurisdiccional Disciplinaria, para que, de forma inmediata, tramite y profiera decision de fondo respecto del amparo solicitado.
  3. Tercero. Por Secretaria General, COMUNICAR a las Salas de Casacion Civil y Laboral de la Corte Suprema de Justicia, la decision adoptada en esta providencia, asi como a las partes del proceso de tutela.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.