A- de 2018
Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Demandante Yenny Eliza Andrade Pantoja·Demandado Emssanar E.S..S. Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Por factor funcional
- Debe observar estrictamente la jurisprudencia de la Corte Constitucional sobre criterios que determinan la competencia en materia de tutela
- Debe asumir diligentemente las funciones que le corresponden y decidir la impugnación presentada
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre la Sala de Decisión Sistema Oral del Tribunal Administrativo de Nariño y la Sala de Decisión Civil Familia del Tribunal Superior de Pasto.
La controversia se generó en torno a las diferentes interpretaciones que hicieron las autoridades involucradas respecto a la competencia funcional para resolver la impugnación formulada contra la providencia proferida por el Juzgado Primero de Familia de Pasto.
La Corte considera que quien debe resolver el recurso de alzada de manera inmediata y proferir la decisión de segunda instancia que corresponda es la Sala Civil del Tribunal Superior de Pasto.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el 8 de agosto de 2017 por la Sala de Decision Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto, dentro de la accion de tutela promovida por Yenny Eliza Andrade Pantoja, en representacion de su hija menor de edad S.D.T.A., en contra de EMSSANAR ESS y del IDSN.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-3431 a Sala de Decision Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a la que haya lugar respecto de la impugnacion presentada por EMSSANAR ESS.
- TERCERO. Por intermedio de la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR a las partes, y a la Sala de Decision Sistema Oral del Tribunal Administrativo de Narino la decision adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.