Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Con el presente auto la Sala Especial de Seguimiento de la Sentencia SU.020/22 convoca a una AUDIENCIA específica para verificar el cumplimiento de las órdenes relacionadas con el subcomponente de reincorporación, analizado desde la perspectiva de seguridad humana de las garantías de seguridad para la población firmante del Acuerdo Final de Paz, sus familias, del partido Comunes y de los movimientos políticos y sociales de firmantes de este instrumento.
Para el efecto se señala el día 26 de mayo del 2013, a partir de las 8:00 de la mañana y se fija la agenda y la metodología a seguir en dicha actividad.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (10 puntos)
- PRIMERO. ORDENAR la realización de una audiencia de seguimiento específica para el subcomponente de reincorporación, analizado desde la perspectiva de seguridad humana de las garantías de seguridad para la población firmante del Acuerdo Final de Paz, sus familias, del partido Comunes y de los movimientos políticos y sociales de firmantes de este instrumento, en los términos de la parte considerativa esta providencia.
- En consecuencia, CONVOCAR a la audiencia de seguimiento a las siguientes autoridades y personas: al Ministro de Defensa; al Alto Comisionado para la Paz; al Director de la Unidad Especial de Investigación -UEI- de la Fiscalía General de la Nación; a la Directora General de la Agencia para la Reincorporación y Normalización; al Director General de la Agencia de Renovación del Territorio; al Director Técnico de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito; al Director General de la Agencia Nacional de Tierras; a un delegado o delegada del Ministerio del Interior, encargado de la secretaría técnica de la Comisión Intersectorial Para la Respuesta Rápida a las Alertas Tempranas -CIPRAT-; al Defensor Delegado para Prevención de Riesgos y Sistema de Alertas Tempranas; a la Procuradora Delegada para el Seguimiento al Acuerdo de Paz; y a los delegados o delegadas de los firmantes del Acuerdo Final de Paz ante la Comisión de Seguimiento Impulso y Verificación de la Implementación del Acuerdo Final de Paz -CSIVI-, el Consejo Nacional de Reincorporación -CNR- y el Consejo Nacional de Paz, Reconciliación y Convivencia.
- La audiencia se llevará a cabo el 26 de mayo del año en curso, en la Sala de Audiencias de la Corte Suprema de Justicia, ubicada en el primer piso del Palacio de Justicia, a las 8:00 am, de acuerdo con la agenda y la metodología definida en los literales E y F de las consideraciones de esta providencia.
- SEGUNDO. ORDENAR a las autoridades que se mencionan a continuación presentar un informe escrito a esta Sala, con base en los temarios requeridos en el acápite F de la parte considerativa de esta providencia, a más tardar diez (10) días antes de la fecha definida para la realización de la audiencia de seguimiento: (i) el Ministro de Defensa, según el temario contenido en el literal F.1.1.1; (ii) la/el delegada/o del Ministerio del Interior, en relación con lo solicitado en el literal F.1.2.2; (iii) el Alto Comisionado para la Paz, conforme a los temarios expuestos en los literales F.1.1.2 y F.2.2; (iv) el Director de la Unidad Especial de Investigación -UEI- de la Fiscalía General de la Nación, de acuerdo a la información solicitada en el literal F.1.1.3; (v) la Directora General de la Agencia para la Reincorporación y Normalización, según los literales F.1.1.4 y F.2.1; (vi) el Defensor Delegado para Prevención de Riesgos y Sistema de Alertas Tempranas, según lo expuesto en el literal F.1.2.1.; (vii) el Director General de la Agencia de Renovación del Territorio y el Director Técnico de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito, con base en el temario desarrollado en el literal F.2.3; (viii) el Director General de la Agencia Nacional de Tierras, conforme a lo expuesto en el literal F.2.4.; y (ix) la Procuradora Delegada para el Seguimiento al Acuerdo de Paz, en relación con el literal F.3.
- TERCERO. INVITAR a los y las firmantes que pertenezcan a otras agrupaciones o expresiones políticas que han surgido como parte de su tránsito a la vida civil, a remitir la información que consideren relevante para el objeto de la audiencia ordenada en el numeral
- primero. de esta providencia, de acuerdo con las consideraciones del acápite E. En particular, la Sala los y las invita a presentar su balance o sus consideraciones sobre la implementación de la ruta de reincorporación, haciendo énfasis su relación con las condiciones de seguridad de la población firmante y de sus familias en los AETCR, NAR u otros espacios territoriales en los que habiten. Esta información deberá presentarse con anterioridad a la fecha de realización de la citada audiencia.
- CUARTO. SOLICITAR al Centro de Documentación Judicial (CENDOJ) que disponga de los medios necesarios para la transmisión de la audiencia pública en las redes sociales y en la página de internet de la Corte Constitucional con intérprete de lengua de señas colombiana. También, que realice las pruebas técnicas necesarias antes de la celebración de la referida audiencia.
- QUINTO. COMUNICAR el auto a la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) de la JEP, a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas de la JEP, a la Sección de Ausencia de Reconocimiento de Responsabilidad -SAR- de la JEP, a la Unidad de Implementación del Acuerdo Final de Paz, a la Misión de Verificación de las Naciones Unidas en Colombia, a la Misión de Apoyo al Proceso de Paz de la Organización de los Estados Americanos (MAPP/OEA) y al Instituto Kroc.
- SEXTO. INVITAR a las autoridades, organismos y personas mencionados en el numeral
- quinto. de la parte resolutiva de esta providencia a la audiencia de seguimiento.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.