A- de 2018
Ponente Alberto Rojas Ríos
✓Demandante Javier Elias Arias Idarraga·Demandado Juzgado Tercero Civil Del Circuito De Pereira
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- No corresponde a quienes la ejercen determinar a priori contra quienes se dirige la acción de tutela
- Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre las Salas de Casación Laboral y Civil de la Corte Suprema de Justicia.
La Sala Laboral realizó un análisis de fondo respecto de los supuestos fácticos al momento de la admisión de la tutela y, con base en ello, aplicó las reglas de reparto contenidas en el Decreto 1069 de 2015 y modificadas por el Decreto 1983 de 2017 para abstenerse de conocer de la misma.
Considera la Corte que con dicha actuación le otorgó un alcance inexistente a las disposiciones contenidas en dicho instrumento jurídico, las cuales, lejos de integrar mandatos procesales en materia de competencia son pautas de reparto.
Se dirime la controversia con la remisión del expediente a la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Se le hace una advertencia para que en lo sucesivo se abstengan de suscitar conflictos de competencia con base en las reglas de reparto, en tanto ello desconoce la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el 12 de julio de 2018 por la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia, dentro de la accion de tutela formulada por el senor Javier Elias Arias Idagarra contra el Juzgado
- Tercero. Civil del Circuito de Pereira, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pereira, Sala Civil-Familia y la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casacion Civil.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-3425 a la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia, para que de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a que haya lugar.
- Tercero. ADVERTIR a la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia que en lo sucesivo se abstengan de suscitar conflictos de competencia con base en las reglas de reparto, en tanto ello desconoce la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional.
- Cuarto. Por la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR a la parte demandante y a la Sala de Casacion Civil de la Corte Suprema de Justicia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.